• 2019-09-18 16:33:47
    Info General

    CONVOCATORIA Y BASES PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS PARA LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR DEL AYUNTAMIENTO DE ABENGIBRE PARA EL CURSO 2019/2020.

    1. NATURALEZA
    Mediante la presente se convocan ayudas para la adquisición de libros de texto y material escolar para familias con hijos menores de edad que sean estudiantes matriculados en niveles de enseñanza obligatoria (infantil, primaria y secundaria) bachiller, Formación Profesional y guardería

    2. BENEFICIARIOS Y REQUISITOS
    Podrán ser beneficiarios de la subvención los solicitantes que reúnan los siguientes requisitos:
    a) Ser progenitor, tutor legal o persona encargada de la guarda y protección de alumnos menores de 18 años que estén matriculados en alguno de los niveles de enseñanza mencionados.
    b) Que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados y residan efectivamente en el municipio.
    c) Estar el menor matriculado en el Colegio de Abengibre, Instituto de Casas Ibáñez o realizando estudios cuya oferta formativa sea distinta a la existente en estas localidades.
    d) Estar al corriente con el cumplimiento de obligaciones tributarias con la Administración General del Estado, con la Hacienda Local y con la Seguridad Social.

    3. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN.
    Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de Abengibre o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común, hasta el 30-09-2019.

    A la solicitud deberá adjuntarse la siguiente documentación:
    - D.N.I del solicitante.
    - Certificado de residencia y empadronamiento de todos los miembros de la unidad familiar.
    - Certificado de matrícula del menor de edad en alguno de los niveles de enseñanza objeto de la presente Convocatoria o copia de la matrícula.

    4. COMPETENCIA Y PROCEDIMIENTO
    Se procederá a examinar las solicitudes presentadas dentro de plazo, así como la documentación que las acompañe.
    Si las solicitudes no reuniesen los datos exigidos o no fueran acompañadas de la documentación necesaria se requerirá al interesado para que en el plazo improrrogable de 10 días subsane los defectos observados, previniéndole de que de no hacerlo así se le tendrá por desistido de su petición.
    La resolución corresponderá a la Alcaldía, deberá ser motivada y contener la relación de solicitantes a los que se concede la subvención y la desestimación del resto de solicitudes.
    El plazo máximo de resolución será de 3 meses desde la presentación de la solicitud. Transcurrido dicho plazo la solicitud podrá entenderse desestimada.

    5. JUSTIFICACIÓN Y COBRO
    El pago de las ayudas se efectuará directamente a los beneficiaros, mediante transferencia bancaria a la cuenta que designen en la solicitud siendo los importes los siguientes:

    Estudiantes de educación Infantil, Primaria y Guardería: 100,00€ Estudiantes de Secundaria, Bachiller y Módulos formativos: 150,00€

    En Abengibre a 17 de septiembre de 2019.