• 2017-12-04 12:52:56
    Cultura, Juventud y Festejos

    Los perros, como animales gregarios, necesitan relacionarse e interactuar en su comportamiento social, favoreciendo así su equilibrio, y reduciendo problemas como la agresividad. Por ello, es conveniente que los perros jueguen con otros perros y personas, ejercitándose físicamente y reduciendo su estrés. Con el juego, los cachorros establecen su jerarquía, se socializan y aprenden a controlar la mordida.
    Las Administraciones han de intentar ofrecer zonas de esparcimiento y ocio para perros, recintos cerrados donde las mascotas corran libremente y se ejerciten sin riesgo para otros perros ni para las personas, en las que los animales puedan satisfacer sus necesidades fisiológicas y disfrutar de un tiempo sin correa, sin causar molestias a nadie, para prevenir el estrés y poder gozar de buena salud física y mental. Además, estas zonas también aportan beneficios a los propietarios de los mismos, ya que pueden disfrutar de sus mascotas al aire libre, fomentar las relaciones interpersonales y de amistad con los dueños de otros perros, realizar ejercicio físico, etc.
    El Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín, en uso de las competencias que le confiere el artículo 25.2 d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local: “El municipio ejercerá en todo caso, competencias, en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas, en las siguientes materias: parques y jardines”, en relación con el artículo 10 de la Ley 5/1997, de 24 de abril, de Castilla y León, de protección de los animales de compañía, que establece que: “Los Ayuntamientos habilitarán en los jardines y parques públicos espacios idóneos debidamente señalizados, tanto para el paseo y esparcimiento de los animales como para la emisión de excretas por los mismos”, desea habilitar progresivamente, y mantener en debidas condiciones, en los parques y jardines públicos cuyas dimensiones lo permitan, zonas destinadas al esparcimiento de los perros.
    Estas áreas, así como ciertas reglas generales relativas a la tenencia, control y protección de los animales domésticos, en especial perros y gatos, en los espacios públicos, serán reguladas en este Reglamento, recogiendo en él el su objeto y ámbito de aplicación, los objetivos o fines de las áreas de recreo canino, quiénes pueden utilizarlas, su funcionamiento y gestión, las normas de uso, o las sanciones y el procedimiento sancionador aplicables en caso de actos u omisiones que contravengan las normas contenidas en él.

    El presente Reglamento tiene por objeto regular las condiciones de uso de los espacios públicos urbanos especialmente habilitados para los animales y sus propietarios, detallados en el Anexo, y todos aquellos que se pudieran crear próximamente en el municipio de Aldeamayor de San Martín, en zonas de titularidad municipal.
    Asimismo tiene como finalidad complementaria fijar algunas normas generales correspondientes a la tenencia, control y protección de animales domésticos, especialmente en lo relativo a la presencia de estos animales en vías públicas, jardines, parques, zonas de juegos,…, su cuidado y vigilancia y la recogida de sus excrementos.

    http://www.aldeamayordesanmartin.ayuntamientosdevalladolid.es/?q=node/2854




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