• 2020-05-20 10:28:43
    Cultura, Juventud y Festejos

    La Alcaldesa en funciones de este Ayuntamiento, hace saber:

    La Orden SND/422/2020, de 19 de mayo, regula las condiciones para el uso obligatorio de mascarilla durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. El uso generalizado de mascarillas por parte de la población general para reducir la transmisión está justificado no solo por su alta transmisibilidad, sino también por la capacidad que han demostrado las mascarillas para bloquear la emisión de gotas infectadas, muy importante cuando no es posible mantener la distancia de seguridad.

    Con carácter general, se dispone el uso obligatorio de mascarillas en personas de seis años en adelante en la vía pública, en espacios al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, siempre que no sea posible mantener una distancia de seguridad de al menos dos metros, siendo recomendable su uso para la población infantil de entre tres y cinco años (se admite cualquier tipo de mascarilla, preferentemente higiénicas y quirúrgicas, que cubra nariz y boca).

    Se excepcionan de esta obligación las personas con algún tipo de dificultad respiratoria que pueda verse agravada por la utilización de la mascarilla y a aquellas que tengan contraindicado su uso por motivos de salud o discapacidad. Tampoco será exigible en el desarrollo de actividades incompatibles, como la ingesta de alimentos y bebidas, o en circunstancias en las que exista una causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

    Todo ello continuando con el cumplimiento de las recomendaciones de las autoridades sanitarias relativas al mantenimiento de distancia interpersonal, la higiene de manos y resto de medidas de prevención.

    Muchas gracias por su colaboración.

    En Aldeamayor de San Martín, 20 de mayo de 2020.





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