• 2022-02-03 14:35:57
    Medio Ambiente y Servicios


    El 30 de noviembre de 2017, el Pleno del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín aprobó inicialmente el “Reglamento regulador del uso y disfrute de los huertos ecológicos urbanos del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín”, publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Valladolid número 239, de lunes 18 de diciembre de 2017 (pág. 39), aprobándose definitivamente al no existir alegaciones.
    https://bop.sede.diputaciondevalladolid.es/boletines/2018/marzo/13/BOPVA-A-2018-01131.pdf.

    Durante los ejercicios 2018, 2019, 2020 y 2021, numerosos vecinos han participado en el programa, produciéndose bajas y altas, conforme existían nuevos demandantes y existían parcelas sin uso. Así, en octubre de 2021, de los diecisiete espacios incluidos en el programa, siete de ellos junto a las piscinas municipales y diez junto a los depósitos de agua de “Los Invernaderos”, catorce se encontraban ocupados, considerándose prorrogados, y TRES LIBRES, los numerados con el 13 (junto a las piscinas), el 12 y el 17 (“Los Invernaderos”).

    Por este motivo, el 21 de octubre de 2021, se publicó un bando en el que se invitaba a aquellos vecinos que deseasen participar en el programa, a consultar el contenido del reglamento y, en su caso, a solicitar su inclusión formal en el mismo (en uno de los tres espacios disponibles) entre el 15 de diciembre de 2021 y el 15 de enero de 2022 (el “Artículo 7. Convocatoria” indica que “Anualmente, entre el 15 de diciembre y el 15 de enero, todos los interesados en beneficiarse del programa … podrán efectuar su correspondiente solicitud, siendo resuelto el procedimiento de concesión de licencias antes del 15 de febrero, por Decreto de la Alcaldía-Presidencia, previo informe de los Servicios Técnicos de Medio Ambiente”).

    Durante este plazo de un mes se han registrado un total de siete solicitudes de nuevos participantes (para tres espacios disponibles).

    El procedimiento aplicable al otorgamiento de las autorizaciones que habilitan para la ocupación de los huertos, y facultan su uso y disfrute, dado el número limitado de los mismos, es en régimen de concurrencia, priorizando aquellas personas que, cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 5, estén siendo ya beneficiarios de los huertos en la temporada anterior. De este modo, tal y como establece el “Artículo 9.- Listados de Admisión” (“Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se expondrá al público la lista provisional de los admitidos, pudiendo presentarse reclamaciones contra la misma por espacio de diez días naturales a contar desde el día siguiente a su exposición en el Tablón de Edictos. Finalizado dicho plazo y, en su caso, resueltas las reclamaciones, se publicará la lista definitiva de admitidos al proceso de selección”), se procede a exponer la lista provisional de los siete admitidos, ordenada por riguroso orden de registro:

    (ver cuadro en PDF del Decreto)

    El “Artículo 10. Adjudicación de Huertos” refiere que “Las parcelas se adjudicarán por un plazo de un año, prorrogable anualmente”; “el sistema de adjudicación de los huertos se realizará priorizando aquellos solicitantes que, cumpliendo los requisitos indicados en el artículo 5, estén siendo ya beneficiarios de los huertos en la temporada anterior. Las demás parcelas sin ocupar se seleccionarán por sorteo entre todas las restantes solicitudes admitidas dentro del plazo habilitado a tal efecto”.

    Por ello, para poder iniciar oficialmente la temporada de huertos y efectuar la adjudicación definitiva de los tres espacios disponibles, se convoca a los nuevos solicitantes al sorteo que tendrá lugar en el Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín el próximo lunes 7 de febrero de 2022 a las 10:00h. En él, en un recipiente cerrado se introducirán un total de siete papeles de idénticas dimensiones, con las letras de la A a la G, correspondientes a cada uno de los solicitantes, y se irán sacando al azar progresivamente, de manera que se establezca un orden, obteniendo los tres primeros una de las parcelas libres (que seleccionarán según el orden en que hayan salido) y pasando los cuatro restantes a la lista de espera, por si a lo largo del año quedase libre alguna de las parcelas del programa.

    Los tres beneficiarios deberán indicar su elección (entre las parcelas 13, 13 y 17), leer convenientemente el reglamento de funcionamiento del programa y constituir una fianza de 50,00 euros antes del 28 de febrero. La fianza se devolverá, previa solicitud por escrito, al final de la temporada, en el caso de no desear formar parte del programa al siguiente año, o durante la misma, si se desease abandonar el mismo (en ambos casos siempre y cuando se deje el huerto en correctas condiciones de limpieza y mantenimiento).


    Adjuntos: