• 2022-07-15 11:30:27
    Información General

    INCREMENTO DE LA SITUACIÓN DE RIESGO METEOROLOGICO DE INCENDIOS FORESTALES DECLARANDO SITUACIÓN DE ALARMA DEL 16 AL 19 DE JULIO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN:
    Se incrementa la situación de riesgo meteorológico de incendios forestales, declarando la situación de ALARMA en la Comunidad Autónoma de Castilla y León del 16 al 19 de JULIO.
    Las medidas extraordinarias a adoptar durante este día son las siguientes:
    - El módulo de parada de las cuadrillas de tratamientos selvícolas preventivos se incrementará a nivel D en toda la Comunidad Autónoma.
    - Prohibición del uso de barbacoas autorizadas dentro del ámbito de aplicación de la Orden FYM/510/2013.
    - Prohibición del uso de ahumadores en la actividad apícola.
    - Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
    - Suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes y artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
    - Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m de terreno rústico que lo circunda cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.
    - Prohibición de los trabajos con maquinaria que puede generar chispas o deflagraciones en monte y en la franja de 400 metros que lo circunda, como son, entre otras, cosechadoras, empacadoras, desbrozadoras, etc.
    - Se recomienda evitar el tránsito libre por los montes, salvo el acceso a la propiedad, el desarrollo de las actividades profesionales, las actividades de ocio autorizadas, el acceso a los entornos urbanos, las actuaciones de emergencia o interés general o los trabajos de vigilancia y extinción de incendios forestales
    Se exceptúa el uso de esa maquinaria en actuaciones de emergencia e interés general, destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, servicios de energía eléctrica, gas natural, telecomunicaciones,… etc. siempre y cuando éstas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente previamente y se realicen conforme a las medidas establecidas por éstos.
    Las empresas extremarán la precaución, contando con los medios necesarios para abordar la extinción de cualquier conato de incendio que se pudiera producir a consecuencia de su actividad.




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