• 2022-10-25 19:52:51
    Empleo

    Constitución de bolsa de empleo de peón de obras





    Visto que por Decreto de Alcaldía nº1043, de fecha 4 de agosto de 2022, se efectuó la convocatoria para la constitución de bolsas de empleo del personal laboral temporal en las categorías siguientes: oficial de primera, peón de obras, peón de jardinería y peón de limpieza/limpieza viaria/servicios; que fue publicada en el BOP de Valladolid nº154, de 11 de agosto de 2022.


    Visto el acta de 24 de octubre de 2022 de la Comisión de Valoración que recoge la baremación definitiva y propuesta de aprobación de la bolsa de empleo de los candidatos presentados para la constitución de una bolsa de empleo de oficial de primera.
    Visto el artículo séptimo de las Bases que rigen el procedimiento en el que se señala que la aprobación definitiva de las listas baremadas para el puesto en concreto será competencia de la Alcaldía, que ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y, a título informativa, en la página web municipal, quedando de esta forma, ordenada y constituida la lista con el orden de prelación correspondiente a cada candidato y la bolsa de empleo.
    Examinado el expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,


    RESUELVO:


    Primero.- Aprobar la constitución de la bolsa de empleo de peón de obras para cubrir, con carácter temporal, los diferentes puestos de trabajo incluidos en los procedimientos de estabilización y/o sustitución que puedan generarse
    (ver el contenido del Decreto 2022-1373 adjunto -se adjuntan a continuación los dos candidatos con mayor puntuación-).
    1º GOMEZ VICENTE, RAUL: 13,50
    2º TORRES LOPEZ, FELIX ANTONIO: 11,10


    Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y, a título informativo, en la página web municipal.
    Tercero.- Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Sr. Alcalde de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.


    Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
    Así lo ordenó el Sr. Alcalde D. Fernando de la Cal Bueno, ante mí el Secretario, en Aldeamayor de San Martín.




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    Constitución de bolsa de empleo de peón de jardinería





    Visto que por Decreto de Alcaldía nº1043, de fecha 4 de agosto de 2022, se efectuó la convocatoria para la constitución de bolsas de empleo del personal laboral temporal en las categorías siguientes: oficial de primera, peón de obras, peón de jardinería y peón de limpieza/limpieza viaria/servicios; que fue publicada en el BOP de Valladolid nº154, de 11 de agosto de 2022.


    Visto el acta de 24 de octubre de 2022 de la Comisión de Valoración que recoge la baremación definitiva y propuesta de aprobación de la bolsa de empleo de los candidatos presentados para la constitución de una bolsa de empleo de oficial de primera.
    Visto el artículo séptimo de las Bases que rigen el procedimiento en el que se señala que la aprobación definitiva de las listas baremadas para el puesto en concreto será competencia de la Alcaldía, que ordenará su publicación en el tablón de anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y, a título informativa, en la página web municipal, quedando de esta forma, ordenada y constituida la lista con el orden de prelación correspondiente a cada candidato y la bolsa de empleo.
    Examinado el expediente, y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local,


    RESUELVO:


    Primero.- Aprobar la constitución de la bolsa de empleo de peón de jardinería para cubrir, con carácter temporal, los diferentes puestos de trabajo incluidos en los procedimientos de estabilización y/o sustitución que puedan generarse:
    (ver el contenido del Decreto 2022-1372 adjunto -se adjuntan a continuación los dos candidatos con mayor puntuación-).
    1º ALFONSO SAN MIGUEL, JOSE MARIA: 10,68
    2º MARIN SERRANO, RICARDO JOSE: 10,16


    Segundo.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Tablón de Anuncios de la sede electrónica de este Ayuntamiento y, a título informativo, en la página web municipal.
    Tercero.- Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Sr. Alcalde de esta Entidad, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Valladolid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.


    Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.
    Así lo ordenó el Sr. Alcalde D. Fernando de la Cal Bueno, ante mí el Secretario, en Aldeamayor de San Martín.



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    BAREMACIÓN PROVISIONAL DE LA BOLSA DE EMPLEO PARA LA PROVISIÓN TEMPORAL DE PUESTOS DE PEÓN DE OBRAS Y DE PEÓN DE JARDINERÍA: 


    Reunida la Comisión de Valoración el 4 de octubre de 2022 para llevar a cabo la baremación provisional de los candidatos presentados para la constitución de una bolsa de empleo para la provisión temporal de puestos de peón de obras, así como de peón de jardinería; el resultado es el siguiente: VER PDFs.
    Conforme a las Bases, se concede un plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín para que los interesados realicen las alegaciones que estimen oportunas.

    https://aldeamayordesanmartin.ayuntamientosdevalladolid.es/al-dia/noticias/-/asset_publisher/POWPBlT...

    Adjuntos: