• 2023-07-11 10:25:47
    Información General

    ALERTA POR INCREMENTO DE RIESGO METEOROLÓGICO DE INCENDIOS FORESTALES 11 DE JULIO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CASTILLA Y LEÓN.

    Durante la época de peligro alto de incendios se pueden producir circunstancias meteorológicas extraordinarias que incrementan notablemente el riesgo de inicio de los incendios o provocan un comportamiento especialmente virulento del fuego, que requieren predefinir una serie de medidas preventivas complementarias de aplicación obligatoria para minimizar los riesgos.
    La Orden FYM/510/2013, de 25 de junio, por la que se regula el uso del fuego y se establecen medidas preventivas para la lucha contra los incendios forestales en Castilla y León, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2023, de 13 de abril, de Medidas Urgentes sobre Prevención y Extinción de Incendios Forestales, establece en su capítulo V las situaciones de riesgo meteorológico de incendio forestal y las medidas extraordinarias a adoptar en cada caso.
    Por ello, RESUELVO: Declarar situación de ALERTA por riesgo meteorológico de incendios en la Comunidad Autónoma de Castilla y León el 11 de julio.
    Las medidas extraordinarias a adoptar durante este día son las siguientes:

    Prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las zonas habilitadas para ello.
    Prohibición del uso de barbacoas en espacios abiertos, incluyendo aquellas autorizadas.
    Suspensión de todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado.
    Prohibición de la introducción y uso de material pirotécnico y suspensión de las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos de cualquier clase que contengan fuego.
    Prohibición del uso de maquinaria en el monte y la franja de 400 m que lo circunda, cuyo funcionamiento habitual genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas, tales como sopletes, soldadores, radiales, etc.



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