• 2022-10-28 09:59:21
    Medio Ambiente


    Se informa de que, de acuerdo a la Orden de 11 de octubre de 2022, de la Consejería de Agricultura de la Junta de Extremadura (DOE número 198), con carácter general NO ESTÁ PERMITIDA la quema de residuos vegetales generados en el entorno agrario o silvícola. Únicamente se podrá realizar la quema:

    - Cuando, por razones fitosanitarias no sea posible abordar la gestión de residuos con otro tipo de tratamiento diferente a la quema.

     - En entornos silvícolas, con objeto de prevenir incendios forestales, cuando no se posible la retirada y posterior gestión de los restos vegetales (por tener una pendiente superior al 20%, por tener una pedregosidad superior al 10%, cuando existan obstáculos en el camino, cuando se encuentre en cauces de ríos, o cuando la distancia a los caminos o pistas sea superior a 100 metros).

    En todo caso, se deberá solicitar a la Junta de Extremadura mediante el sistema habitual, siendo el silencio administrativo, motivo de denegación.

    Desde los Ayuntamientos estamos esperando nuevas noticias, para tratar de buscar una solución a dicha problemática.