• 2023-06-14 21:28:41
    Economía





     

                  El Real Decreto-ley 4/2023, de 11 de mayo, por el que se adoptan medidas urgentes en materia agraria y de aguas en respuesta a la sequía y al agravamiento de las condiciones del sector primario derivado del conflicto bélico en Ucrania y de las condiciones climatológicas, así como de promoción del uso del transporte público colectivo terrestre por parte de los jóvenes y prevención de riesgos laborales en episodios de elevadas temperaturas, reguló, en su artículo 12, una exención en las cuotas del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) de naturaleza rústica correspondiente al ejercicio de 2023 a favor de los bienes inmuebles que sean propiedad de los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas y que estén afectos al desarrollo de tales explotaciones, siempre que hayan sufrido en dicho ejercicio una determinada reducción del rendimiento neto de tales actividades.

     

    En el BOE de este 14 de junio se publica la Resolución la Secretaría General de Financiación Autonómica y Local, por la que se regula el procedimiento específico de compensación de la pérdida de recaudación que esta exención pueda producir a las entidades locales (PDF (BOE-A-2023-14045 - 4 págs. - 210 KB)

     

    En la Resolución se recogen tanto los requisitos y procedimiento para el otorgamiento de la exención, como el procedimiento para la solicitud de la compensación al Estado de los beneficios fiscales concedidos.

           SE ACOMPAÑA  EL DECRETO INTEGRAMENTE APARECIDO EN EL BOE, A ESTE BANDO.

                     Cañamero, 14 de junio de 2023

                                 EL ALCALDE

             Fdo David Peña Morano


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