• 2020-03-26 18:54:05
    Servicios Sociales

    Atendiendo a la Resolución de 11 de marzo de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en Extremadura como consecuencia de la situación y evolución del COVID-19, publicado en el DOE nº 50 de 12 de marzo.

    En consecuencia se hace necesario reorganizar la prestación de los programas y servicios que son competencia directa de esta Mancomunidad, así como adoptar una serie de medidas preventivas de aplicación en los municipios integrantes de la misma.

    Por todo ello de conformidad con lo dispuesto los vigentes Estatutos Mancomunales, en ejercicio de las funciones de Jefatura de Personal de la Mancomunidad y en uso de las facultades que me confieren la Ley reguladora de las Bases de Régimen Local 7/1985, de 2 de abril, Ley 17/2010 de 22 de diciembre de Mancomunidades y Entidades Locales menores de Extremadura, vengo en disponer:

    Cómo medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en Extremadura cómo consecuencias de la situación y evolución del COVID- 19.

    En el caso de que se precise cualquier demanda del Servicio Social de Atención Social Básica, se deberán realizar por teléfono o por correo electrónico, evitando la presencia física.

    Teléfono para demandas en el Ayuntamiento de Carcaboso en horario de 8:00 a 15:00 horas: 605045513
    Correo electrónico: ssbmancomunidadvalledelalagon@.es
    ssb2mancomunidadvalledelalagon@.es
    administrativo@carcaboso.es

    Disculpen las molestias ;)