• 2020-08-17 09:51:33
    Info General

    Las personas destinatarias de esta ayuda serán personas físicas o jurídicas con consideración de PYMES, incluyendo las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica, que dispongan de, al menos, un establecimiento de venta en el territorio de la CAEX y que las actividades se encuadren y estén dadas de alta en alguno de los siguientes epígrafes de IAE:
    - Epígrafe 651.2.- Com. Men. de toda clase de prendas para el vestido y tocado.
    - Epígrafe 651.3.- Com. Men. de lencería y corsetería.
    - Epígrafe 651.6.- Com. Men. de calzado, artículos de piel e imitación, cinturones, carteras, bolsos, maletas, art. viaje.
    - Epígrafe 651.7.- Com. Men. de confecciones de peletería


    El importe será una cuantía fija de 1.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

    Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica de un 25% de descuento en el precio de venta de los bines y/o productos que comercialicen

    PLAZO HASTA EL 28 DE AGOSTO




    Adjuntos: