• 2020-08-17 09:55:20
    Info General

    Las personas beneficiarias de esta ayuda serán personas físicas o jurídicas con consideración de PYMES, incluyendo las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica, que dispongan de, al menos, un establecimiento de venta en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que las actividades se encuadren y estén dadas de alta en los epígrafes de IAE que aparecen en documento adjunto

    El importe de la ayuda para cada línea será una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

    Un importe equivalente a la cuantía de la ayuda percibida será destinada por las entidades beneficiarias a la práctica, en el momento de realizar la venta, de un descuento en el precio final, con IVA excluido, del 40%,

    PLAZO. HASTA EL 28 DE AGOSTO




    Adjuntos: