• 2020-08-17 09:57:58
    Info General

    Las personas destinatarias serán personas físicas o jurídicas con consideración de PYMES, incluyendo las Comunidades de Bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica, que dispongan de, al menos, un establecimiento de venta en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura y que las actividades se encuadren y estén dadas de alta en el epígrafe de IAE:
    - Epígrafe 653.2.- Com. Meno. de material y aparatos eléctricos, electrónicos, electrodomésticos y otros aparatos de uso doméstico accionados por otro tipo de energía distinta de la eléctrica.

    El importe de la ayuda será por una cuantía fija de 6.000 euros por cada persona beneficiaria y establecimiento de venta.

    PLAZO: HASTA EL 28 DE AGOSTO




    Adjuntos: