• 2020-05-21 12:47:36
    Info General

    Expediente n.º: 113/2020
    DECRETO DE REAPERTURA DEL CEMENTERIO MUNICIPAL Y HORARIO DE VISITAS
    Procedimiento: SARS –Cov-2

    D. LUIS RICO ARMERO, ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE COZAR (CIUDAD REAL)

    VISTO que la Ley Orgánica 3/1986, de 14 de abril, de medidas especiales en Materia de Salud Pública, en su artículo primero, faculta, a las autoridades sanitarias de las distintas Administraciones Públicas para adoptar, dentro del ámbito de sus competencias, las medidas previstas en dicha ley cuando así lo exijan razones sanitarias de urgencia o necesidad.

    Ante las últimas medidas adoptadas por el Gobierno de España, por la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha y la autoridad sanitaria ante los motivos de extraordinaria gravedad o urgencia con respecto a la evolución de la expansión del coronavirus (COVID-19) y habilitadas por el artículo cincuenta y cuatro de la Ley 33/2011, de cuatro de octubre, General de Salud Pública, veintiséis, apartado primero de la Ley 14/1986, de veinticinco de abril y, a nivel autonómico, por el artículo treinta y tres de la Ley 8/2000, de treinta de noviembre, de Ordenación Sanitaria de Castilla-La Mancha.

    Teniendo en cuenta la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo, para la flexibilización de determinadas restricciones de ámbito nacional, establecidas tras la declaración del estado de alarma en aplicación de la fase 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad.

    En el ejercicio de las atribuciones que me confieren la anterior normativa y el artículo veintiuno de la Ley 7/1985, de dos abril, Reguladora de las bases de Régimen Local,

    RESUELVO:

    PRIMERO. Proceder a la reapertura de las instalaciones municipales de Cementerio de acuerdo a lo establecido en el Artículo 8 de la Orden SND/399/2020, de 9 de mayo,

    - En cuanto a los entierros, la participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de quince personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.

    En todo caso, deberán respetarse las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias para la prevención del COVID-19, relativas al mantenimiento de una distancia mínima de seguridad de dos metros, higiene de manos y etiqueta respiratoria.

    SEGUNDO. El Cementerio Municipal quedará abierto al público para las visitas habituales, debiendo respetarse el aforo máximo de 15 personas al igual que para los entierros, y distancia mínima de seguridad de dos metros e higiene de manos; siendo muy recomendable el uso de guantes y mascarilla y evitar el contacto con las superficies.

    El horario de visitas al Cementerio Municipal será el mismo que hasta la declaración del Estado de Alarma, permaneciendo el reciento permanentemente abierto.

    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE




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