• 2022-10-10 12:35:33
    Info General

    En el día de hoy el DOCM ha publicado la Resolución 30/09/2022 de la Dirección General de Vivienda, por la que se convoca ayudas a la adquisición de viviendas en propiedad para los jóvenes para contribuir al reto demográfico de Castilla-La Mancha en el marco del Plan de Estatal de Vivienda 2022-2025.

    La presente convocatoria responde al PROGRAMA 4 de la Orden  170/2022, de 7 de diciembre, un programa especifico de ayudas para la adquisición de vivienda de personas necesitadas que puedan contribuir al reto demográfico en municipios menores de 10.000 habitantes.

    1º.- OBJETO Y FINALIDAD: La presente resolución convoca en régimen de concurrencia simplificada ayudas a la adquisición de vivienda en propiedad por jóvenes para contribuir al reto demográfico en municipios o núcleos de población de pequeño tamaño (hasta 10.000 habitantes).

    2º.- PERSONAS BENEFICIARIAS Y REQUISITOS:
    A) No tener más de 35 años en el momento de la solicitud.
    B) Haber suscrito o estar en condiciones de hacerlo un contrato público o privado de compra de vivienda entes de la convocatoria.
    C) Tener una renta inferior a 3 veces Indicador Público de Renta (IPR), 0 4 veces en el caso de personas discapacitadas y de 5 veces en el caso de:
    - Personas con discapacidad cerebral, mental, intelectual etc..con un grado reconocido mayor al 33%.
    - Personas con discapacidad física o sensorial con un grado reconocido superior al 33%.
    D) No ser propietario o usufructuario de alguna vivienda en España y que la vivienda adquirida esté ubicada en Castilla-La Mancha y constituya la residencia habitual y permanente del solicitante.

    3º.- FINANCIACION: La presente convocatoria parte inicialmente con un presupuesto de 2.600.000 euros con financiación del Plan Estatal Vivienda 2022-2025.

    4º.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y CUANTIA DE LAS AYUDAS:
    1. Tendrá la consideración de actuación subvencionable, la adquisición de una vivienda ya construida o de una vivienda en construcción, que cumpla los siguientes requisitos:
    a) Debe ubicarse en un municipio o núcleo de población de pequeño tamaño.
    b) Su precio de adquisición debe ser igual o inferior a 120.000 euros.
    2. Se concederá a las personas beneficiarias una ayuda de hasta 10.800 euros por vivienda, con el límite del 20% del coste de adquisición de la vivienda. En el supuesto de adquisición de la propiedad de una vivienda por más de una persona, el importe de la ayuda que pudiera recibir una beneficiaria que adquiere una parte de la misma se determinará aplicando al importe de la ayuda que correspondería a la adquisición del 100% de la vivienda.

    5º.- PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Se inicia al día siguiente de la publicación de la convocatoria en el DOCM y hasta el 30 de junio del 2023.

    CONVOCATORIA: VER DOCUMENTO ADJUNTO



    Adjuntos: