• 2020-06-16 09:31:31
    Cultura

    Las ayudas, para alquiler de vivienda habitual, contemplan dos supuestos, siempre que la situación se haya producido como consecuencia del impacto económico y social del COVID-19:
    - Las dirigidas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que tengan problemas transitorios para atender el pago del alquiler
    - Las destinadas a los arrendatarios de vivienda habitual que no puedan hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación avaladas por el Instituto de Crédito Oficial.

    Adjuntamos texto completo de la subvención.




    Adjuntos: