• 2020-11-21 11:32:30
    Info General

    ABIERTO EL PLAZO DE SOLICITUD DE LAS AYUDAS A TRABAJADORES AUTÓNOMOS

    Desde hoy, se pueden solicitar las ayudas a trabajadores autónomos de Andalucía, de los sectores de la hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero, transporte por taxi y feriantes para el mantenimiento de su actividad como consecuencia de la situación ocasionada por el Covid-19. La medida cuenta con 80 millones de euros de presupuesto y se establece un sistema ágil de tramitación para resolver en dos meses las solicitudes.

    Cuantía de las ayudas: la subvención consiste en una cuantía, a tanto alzado, de 1.000 euros.
    Compatibilidad: estas subvenciones son compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, que se concedan para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de la Unión Europea o de otros Organismos Internacionales, siempre que el importe de las mismas, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas no supere el importe de la subvención.
    Requisitos generales para ser beneficiario
    Para ser beneficiario/a de estas ayudas, se deben cumplir los siguientes requisitos generales:

    Ser trabajador/a por cuenta propia o autónoma.
    Tener el domicilio fiscal en Andalucía.
    Estar de alta en la fecha de entrada en vigor del estado de alarma y mantenerla hasta el día que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.
    Además, las personas beneficiarias estarán obligadas a mantener su condición de persona trabajadora por cuenta propia o autónoma, continuando de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos ininterrumpidamente durante, al menos, tres meses a contar desde el día siguiente a aquél en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes.

    Requisitos específicos
    Para ser beneficiario/a de estas ayudas, además de cumplir con los requisitos generales, deberá encontrarse en alguno de los supuestos que se relacionan a continuación:

    a) Para los sectores de hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero o transporte por taxi. Requisitos:

    Que a la fecha en la que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad identificada de acuerdo con alguno de los códigos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) establecidos (ver enlace al listado al final de la página).
    Que no sean beneficiarias de cualquiera de las prestaciones extraordinarias de cese de actividad reguladas en los artículos 13 y 14 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre, de medidas sociales en defensa del empleo, de la prestación de cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia o de la prórroga de las prestaciones ya causadas al amparo del artículo 9 del Real Decreto- Ley 24/2020, de 26 de junio, de medidas sociales de reactivación del empleo y protección del trabajo autónomo y de competitividad del sector industrial, reguladas en la disposición adicional cuarta del mencionado Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre.
    b) Sector de feriantes. Requisitos:

    Que a la fecha en que se inicie el plazo de presentación de solicitudes desarrollen una actividad identificada de acuerdo con alguno de los epígrafes del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) establecidos (ver enlace al listado al final de la página).

    Presentación de solicitudes
    Las solicitudes y la documentación anexa se presentarán única y exclusivamente de forma telemática. Para dicha presentación electrónica, las personas interesadas podrán utilizar los sistemas de firma electrónica.

    Plazo de solicitud
    El plazo para presentar las solicitudes será de 10 días naturales, del 20 al 30 de noviembre de 2020.

    PARA MÁS INFORMACIÓN, CONTACTAR CON:
    MARIA ISABEL PALACIOS BERNAL
    TÉCNICA CADE EL MORCHE ANDALUCIA EMPRENDE, FUNDACIÓN PÚBLICA ANDALUZA JUNTA DE ANDALUCÍA
    CON CITA PREVIA MARTES, MIÉRCOLES Y JUEVES DE 9 A 14 HORAS EN EL AYUNTAMIENTO DE FRIGILIANA
    TELÉFONO 671 56 00 02




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