• 2021-10-18 10:03:17
    Información General

    El pasado día 1 de octubre entró en vigor el nuevo Protocolo del Instituto Nacional de la Seguridad Social suscrito con la gran mayoría de las Entidades Financieras por el que estas últimas pueden modificar las cuentas bancarias de los perceptores de prestaciones (Pensiones, Protección Familiar e Ingreso Mínimo Vital).



    Pero ¿Qué significa esto para el ciudadano? Este nuevo protocolo permite al ciudadano a que autorice a su entidad financiera para efectuar la comunicación de la nueva cuenta bancaria al INSS y seguir así percibiendo su prestación sin necesidad de realizar ninguna otra gestión o comunicación al INSS.



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