• 2023-08-11 10:05:53
    Información General

    Se recomienda a los propietarios que, de conformidad con el artículo 11.4 de la Ordenanza Municipal por la Tenencia y Protección de los Animales "se prohíbe la permanencia continuada de animales en terrazas o patios,  debiendo pasar en cualquier caso la noche en el interior de la vivienda"

    La misma ordenanza tipifica el incumplimiento del apartado anterior como infracción leve, pudiendo ser sancionador con una multa de de 150,25 € hasta 300,50 € 



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