• 2024-02-19 14:50:41
    Info General


    Anuncio de notificación a los interesados en procedimiento de Expediente de Ruina Inminente 1/2024 en nichos del Cementerio Municipal.

                 Mediante la presente se le notifica la Resolución de Alcaldía nº 52/2024 de fecha 7/02/2024 con el siguiente tenor literal:

     EXPEDIENTE Nº: RUINA 1/2024

     Procedimiento: Declaración de Estado de Ruina de Nichos.

    Asunto: Ruina Física Inminente de Nichos en el Cementerio de Granja de Torrehermosa, nichos desde el 475 al 495 en Pared Lateral Izquierda.

    RESOLUCIÓN

    Incoado el procedimiento de declaración de ruina sobre los nichos situados en:

    Unidad de enterramiento

    Ubicación

    Nichos nº: 475, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482, 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495.

    En Pared Lateral Izquierda del Cementerio Municipal de Granja de Torrehermosa, junto al "Carnal".

     Examinado el informe técnico de conformidad con los artículos 170.2 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, y 210.2 del Reglamento General de la Ley de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura, aprobado por Decreto 143/2021, de 21 de diciembre,

    Visto el informe jurídico obrante en el expediente de fecha 7 de febrero de 2024.

     RESUELVO

     PRIMERO. Determinar los siguientes nichos en situación legal de RUINA INMINENTE, lo que conlleva la extinción de los derechos de los titulares sobre los mismos, no obstante, se trasladarán los derechos de concesión pendientes sobre los nuevos nichos:

     Unidad de enterramiento



    Ubicación

    Nichos nº: 475, 476, 477, 478, 479, 480, 481, 482, 483, 484, 485, 486, 487, 488, 489, 490, 491, 492, 493, 494, 495.

    En Pared Lateral Izquierda del Cementerio Municipal de Granja de Torrehermosa, junto al "Carnal".

     SEGUNDO. Acordar la adopción de las siguientes medidas excepcionales provisionales y cautelares de protección con carácter inmediato, de apuntalamiento de la construcción o edificación para prevenir o evitar daños en los bienes públicos y a las personas: vallado del perímetro de la zona afectada.

     TERCERO.- Autorizar la exhumación de los nichos referenciados y declarados en ruina.

     CUARTO. Que se notifique la presente resolución a los interesados y demás titulares de derechos afectados. Asimismo, no siendo posible la notificación a todos los interesados y titulares de derechos afectados, por desconocimiento de su identidad,  procédase a su publicación en el Tablón Edictal Único del BOE, Tablón de Edictos y sede electrónica del Ayuntamiento.

    Se otorga un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación del anuncio en el TEU o notificación individual para audiencia y/o alegaciones y para que los interesados comuniquen dónde deben trasladarse los restos. En su defecto, la inhumación se realizará en el nicho o lugar que disponga este Ayuntamiento.

     QUINTO.- Finalizada la exhumación de los cadáveres, los nichos declarados en estado de ruina inminente serán derribados por el Ayuntamiento a su cargo y de modo inmediato.

     Granja de Torrehermosa, a fecha de la firma electrónica del presente documento

    LA ALCALDESA, Fdo.: Mª Mercedes Moruno Martos

    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE

              Se le requiere para que en un plazo de quince días comuniquen donde deben trasladarse los restos. En su defecto, la inhumación se realizará en el nicho o lugar que disponga este Ayuntamiento.

     Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer Vd. cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

     Granja de Torrehermosa, a 16/02/2024

    LA SECRETARIA.- Fdo.: Rocío Martín Arenas

    DOCUMENTO FIRMADO ELECTRONICAMENTE