• 2021-02-20 22:47:23
    Info General


    ☑️ A partir de esta noche y por un periodo de 10 días, el Gobierno de Castilla-La Mancha decreta medidas especiales nivel 2 en toda la Comunidad de CLM.




    ‼️ Toque de queda desde las 22:00 horas hasta las 07:00 horas del día siguiente.

     

    ❌ Limitación de la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

     

     

    ⛔️ Locales de ocio

    Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

     

    ❌ Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente.

     

    🔘 Los espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75 por ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.  

     

     

    🔘 Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas. Se deberá garantizar el resto de las medidas recogidas en la regulación en vigor.

     

    Centros sociosanitarios

    ❌ Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de Servicios de estancias diurnas de personas mayores.

     

    ❌ Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores, centros para personas con discapacidad grave, viviendas tuteladas de mayores y centros sociosanitarios . 

    La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se limitará a lo estrictamente necesario.

     

    🔘Actividades religiosas de ámbito social

    Velatorios y cortejos fúnebres: restricción del número de personas en 6 personas máximo.

     

    🔘Eventos sociales, como bodas y bautizos: se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40 por ciento de aforo y en espacios al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal y el resto de la normativa higiénico sanitaria sobre prevención y contención del COVID-19, no debiendo superar el número máximo de 100 personas.

     

    ❌ Consumo de alcohol 

    Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.

     

    ❌Espectáculos u otros eventos: suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas. 

    Podrán celebrarse estas actividades siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.




    🔘 Eventos deportivos: las competiciones de ámbito federativo podrán celebrarse con un aforo máximo de un 30 por ciento para espacios cerrados hasta un máximo de 300 asistentes, y un 50 por ciento de aforo máximo en espacios abiertos hasta un máximo de 500 asistentes y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. En ambos casos se deberá contar con butaca preasignada, y en caso justificado de que no fuera posible, establecer las medidas pertinentes para asegurar en todo momento el mantenimiento de la distancia de seguridad interpersonal.  

    Se podrán celebrar competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de 6 personas.




    🔘Cines, teatros y auditorios: se limita su aforo al 30 por ciento.




    🔘Bibliotecas, museos y archivos: se limita su aforo al 50 por ciento.




    🔘Instalaciones deportivas: en instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 por ciento en espacios interiores y del 60 por ciento en espacios exteriores.




    🔘Mercadillos y mercados al aire libre: disminución de aforo a 1/3 del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.




    🔘Parques y jardines: cierre cautelar de parques y jardines durante el horario comprendido entre las 22:00 y las 08:00 horas.




    🔘En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.




    🔘Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 por ciento, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

     

    🔘Encuentros sociales/familiares:

    Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de conviviencia estable.

     

    Se recomienda a la ciudadanía:

    🙏 La limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.


    Adjuntos: