• 2021-02-10 08:20:34
    Sanidad

    ACTUALIZACIÓN DE MEDIDAS
    EXCEPCIONALES EN IZNATE SOBRE SITUACIÓN COVID-19



    Tras celebrarse reunión del Comité Territorial
    de Alerta de Salud Pública de Alto Impacto de Málaga y posterior publicación en
    BOJA nº 15 de 9 de Febrero del siguiente tenor



     



    Orden
    de 9 de febrero de 2021, por la que se actualiza el anexo del Decreto del Presidente
    4/2021, de 30 de enero, por el que se prorrogan las medidas establecidas en el
    Decreto del Presidente 2/2021, de 8 de enero, por el que se establecen medidas
    en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía en aplicación del Real
    Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma
    para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-COV-2,
    incluyendo los municipios que superan los 500 casos de incidencia acumulada por
    cada 100.000 habitantes en 14 días.



     



    En
    dichos documentos se han actualizado los datos
    epidemiológicos de incidencia del COVID-19 en la Provincia de Málaga, donde se
    detallan los municipios que reducen la incidencia de 500 casos por cada 100.000
    habitantes, situación en la que se encuentra el municipio de Iznate y que
    genera que el municipio de Iznate, pase a estar en situación de Alerta 4, nivel
    1, por tanto sin cierre perimetral.



     



    Estas
    medidas, publicadas en BOJA, entrarán en vigor el día 10 de Febrero a partir de
    las 00:00 horas.



     



    Una de las obligaciones principales de los poderes públicos
    consiste en la  garantía de la prestación
    del servicio público y ante la necesidad de adoptar  una respuesta inmediata que permita dar la
    adecuada protección de la salud a la ciudadanía de Iznate, aunando dicha
    protección con la adecuada prestación de los servicios públicos e intentando
    minimizar el impacto y riesgos de contagio derivados de dicha situación, es por
    lo que se requieren medidas extraordinarias de carácter organizativo y
    preventivo que tendrán el carácter temporal que determinen las indicaciones y
    recomendaciones de las autoridades competentes.



     



    Es por ello que teniendo en cuenta lo anteriormente
    dispuesto, en ejercicio de las facultades que confieren el art. 4.1 a) y
    21.1.a) y m) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, reguladora de las Bases del
    Régimen Local, esta Alcaldía, RESUELVE:



     



                        PRIMERO.- Dejar sin efecto el Decreto
    de Alcaldía  nº 2021/17 de 27 de Enero de
    medidas Excepcionales en Iznate sobre situación de COVID-19, y actualizarlo en
    los siguientes términos:



     



     



    1.    
    Permitir el uso de las
    instalaciones deportivas, culturales, formativas, recreativas y de otra índole,
    con un aforo máximo del 40 %.



    2.    
    Prohibición de práctica de deporte de grupo que no garantice el
    mantenimiento de distancia de seguridad interpersonal.



    3.    
    Prohibición de reuniones de más de seis personas en parques,
    jardines y zonas de ocio y esparcimiento público, cuando no se puedan asegurar
    el distanciamiento de seguridad interpersonal.



    4.    
    Instar a la ciudadanía al máximo cumplimiento de estas normas y
    de las medidas de protección que aconsejan las autoridades sanitarias. El uso
    obligatorio de mascarillas en todo el municipio y en todo momento, el
    distanciamiento social y las medidas de higiene.



     



                       SEGUNDO.- El presente Decreto surte efectos a partir de las 00:00
    horas del día 10 de Febrero de 2021, hasta nuevas recomendaciones o
    instrucciones de las autoridades competentes en materia de Salud Pública.



     



    Firmo
    el presente Decreto en Iznate a 9 de Febrero de 2021.



     



    Fdo.
    El Alcalde



    Adjuntos: