• 2023-06-05 16:46:28
    Empleo


    Con fecha 29 de mayo de 2023, la Diputación de Málaga aprueba la Convocatoria de subvenciones del Programa de “Apoyo a la contratación de personas desempleadas, anualidad 2023” dirigida a empresas (entendidas como tales las entidades mercantiles con ánimo de lucro, incluidas a este respecto las cooperativas de trabajo), autónomos/as y profesionales de la provincia de Málaga.

    El Objeto de esta convocatoria es reactivar la economía e incentivar la contratación laboral  mediante la concesión de una subvención a favor de aquellas empresas, autónomos/as y profesionales que contraten a personas desempleadas, todo ello con el fin de facilitar la recuperación económica y favorecer la contratación laboral, contribuyendo a la reincorporación al mercado laboral. 

    El plazo de presentación de solicitud de subvención se iniciará el 30 de mayo hasta el 15 de septiembre de 2023 (ambos inclusive), siendo el procedimiento de concesión de la subvención a través de concurrencia no competitiva, por orden de presentación de solicitud, con un máximo de dos por solicitante, y en todo caso hasta agotar  presupuesto. En caso de presentación de dos solicitudes por interesado/a, se tramitará la primera solicitud de cada uno/a de ellos/as en atención a la fecha y hora de presentación, quedando la segunda en reserva, condicionada su tramitación a la disponibilidad presupuestaria, una vez tramitadas y resueltas todas las primeras solicitudes presentadas por los interesado/as.

    Toda la información referente a esta convocatoria de subvenciones se encuentra recogida en las Bases Reguladoras, aprobadas por Junta de Gobierno de 15 de marzo de 2023, en el punto 1.2.1, publicadas en BOPMA nº 64  el 4 de abril de 2023 y la Convocatoria que fue aprobada por Junta de Gobierno de 17 de mayo de 2023, en el punto 1.2.21 y publicado su extracto en el BOPMA de 29 de mayo de 2023.

    Al margen de este anuncio, se encuentran disponibles las Instrucciones para la cumplimentación de los Anexos I (solicitud de subvención), II (acreditación de representación) y III (Declaración de información de datos) de dichas ayudas.

    Recomendamos que se lea detenidamente dichas instrucciones al objeto de que se cumplimenten debidamente los anexos para acelerar los plazos de concesión de las ayudas. Le informamos que estas instrucciones tienen carácter orientativo, siendo exclusivamente vinculantes lo aprobado en las Bases y en la Convocatoria.


    Adjuntos: