• 2021-01-19 12:39:23
    Info General

    Entrada en vigor a las 00:00 horas del día 19 de enero de 2021 el Decreto 4/2021, de 18 de enero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se modifica el Decreto 66/2020, de 29 de octubre, como autoridad delegada dispuesta por el Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por la SARS-CoV-2, por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma:

     

    Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno entre 22:00 y 7:00

    Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

    Igualmente, se restringe la entrada y salida de personas de cada uno de los términos municipales

     

    Por  Resolución de 18/01/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan de medidas especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha:

     

    • Quedan prohibidas las reuniones de un número mayor de 6 personas.

    • Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.

    • Proceder al cierre de bares, restaurantes, cafeterías, pubs y otros establecimientos similares

    • Suspensión de visitas sociales en residencias de mayores.

    • Velatorios y comitivas fúnebres: un máximo de 6 personas en los velatorios y comitivas fúnebres (Sin que se puedan intercambiar entre ellas. Es decir, podrán permanecer como máximo las mismas 6 personas a lo largo de todo el tiempo que dure el velatorio o comitiva).

     • Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas, bautizos y sepelios: Se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo.

    • Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, taurinos ect.

    • Cierre cautelar de Archivos, Bibliotecas y Museos.

    • Cierre de gimnasios, saunas y otros recintos de práctica del deporte y la educación física, tanto en espacio abierto como cerrado.

     



    Adjuntos: