• 2021-07-07 10:27:50
    Noticias

    -Distancia de seguridad de, al menos, 1,5 metros. Especialmente en el trabajo.
    -Uso de la mascarilla:
    Obligatorio en mayores de 6 años en cualquier espacio cerrado de uso público o abierto al público.
    Al aire libre sin distancia de seguridad (salvo entre convivientes).
    En el transporte público.
    En el transporte privado salvo si son convivientes.
    Uso adecuado cubriendo desde parte del tabique nasal hasta la barbilla, sin válvula.
    En los establecimientos de hostelería y restauración, salvo durante el consumo efectivo de comidas y bebidas. Obligatorio informar mediante cartelería.
    -Higiene de manos correcta y frecuente.
    -Tomar medidas adecuadas para garantizar la trazabilidad.
    -Prohibido el consumo de alimentos en el transporte público terrestre en trayectos menores de 2 horas.
    -Controlar los accesos de visitantes a las zonas de trabajo agrario con registros, distancia y mascarilla.
    Más información: BOCyL DEL 2-7-2021.