• 2022-07-21 14:46:10
    Servicios Sociales

    Plazo de solicitud: hasta el 16 de agosto de 2022

    Más información: www.asturias.es

    Teléfono de Atención Ciudadana del Principado de Asturias: 012

    Unidad de Trabajo Social del Ayuntamiento de Las Regueras: 985 79 90 71

    Tipos de ayudas:
    • Prótesis dentales removibles completas o parciales.
    • Asiento para inodoro, asiento para baño/ducha, silla baño/ducha con ruedas, cojín antiescaras (excepto lesionados medulares).
    • Grúa de movilidad personal.
    • Cama articulada eléctrica, cama articulada manual, colchón antiescaras.
    • Productos de apoyo para la comunicación y la información: gafas y audífono (excepto menores de 27 años).

    La ayuda deberá tener relación directa con el tipo de discapacidad de la persona solicitante o con lo recogido en el informe médico, para personas mayores de 65 años sin discapacidad. Serán gastos realizados entre el 25 de mayo de 2021 o durante el ejercicio 2022.

    Requisitos:
    1. Residir y estar empadronado en Asturias, Permiso de Residencia a quien corresponda.
    2. No estar incurso en prohibición según el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de subvenciones y cumplir las obligaciones del artículo 14 de la citada Ley.
    3. Para personas con discapacidad, con independencia de la edad, estar en alguna de las siguientes situaciones:

    Grado de discapacidad igual o superior al 33% - Pensionistas de la Seguridad Social con incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez - Pensionistas de Clases Pasivas por jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad - Con subsidio LISMI; o Pensión no contributiva de invalidez; o aportación económica por hijo a cargo con discapacidad - GRado III, por la Ley 39/2006 de promoción de autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.

    Para personas mayores sin discapacidad, serán quienes cumplan 65 años en 2021 y no tengan grado de discapacidad reconocido, acreditando la necesidad de la ayuda mediante informe médico.

    4. Ingresos de la unidad familiar, inferiores a: 
    • 1 miembro 1,7 veces el IPREM (10.972 €)
    • 2 miembros 2,3 veces el IPREM (14.844 €)
    • 3 miembros 2,9 veces el IPREM (18.717 €)
    • 4 miembros 3,5 veces el IPREM (22.589 €)
    • 5 miembros 4,3 veces el IPREM (27.752 €)
    • 6 miembros 4,9 veces el IPREM (31.625 €)
    • 7 miembros 5,5 veces el IPREM (35.497 €)
    • Unidades familiares de 8 o más miembros, el límite máximo de ingresos se establecerá incrementando la cantidad señalada para una unidad de 7 miembros en 3.100 €, por cada miembro de más.
    • El IPREM anual (12 pagas) del año 2020, redondeado es de 6.454 euros

    5. Otros particulares para cada tipo de ayuda.