• 2024-03-20 08:35:42
    Info General

    La Ley 22/2011, de 28 de julio, residuos y suelos contaminados permitía mezclar los residuos mixtos ante la falta de espacio en las obras, siendo en la propia planta de reciclaje donde se procedía a la segregación para su posterior tratamiento.
    Sin embargo, con la entrada en vigor de la Ley 7/2022, de 8 de abril, se obliga la demolición selectiva y a que la separación se haga en la obra.
    En concreto, se trata de separar inertes de los productos peligrosos para aprovecharlos y no poner en riesgo a los operarios de las obras y plantas. 
    Es por ello, que TODO Ayuntamiento, al disponer de almacenamiento de residuos de construcción y demolición, al ser promotor y/o constructor de obras, y, por ende, ostentando respectivamente la condición de gestor, productor y poseedor de RCDs deberá informar que los residuos de construcción y demolición no peligrosos sean clasificado, en al menos las siguientes fracciones: maderas, fracciones de minerales, metales, vidrio, plástico y yeso


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