• 2018-05-29 11:08:54
    Cultura

    • El dueño o tenedor del animal deberá adoptar las medidas necesarias para evitar que ensucie las vías y espacios públicos urbanos: Queda especialmente prohibido que los perros hagan sus deposiciones en las áreas infantiles.- Mientras estén en la vía pública, calles, paseos, parques o jardines, zonas de tránsito peatonal, los animales deberán efectuar sus deposiciones en los imbornales de la red de alcantarillado siempre y cuando no existan lugares especialmente autorizados y habilitados para ello por el Ayuntamiento. - No obstante, si las deyecciones se han depositado en aceras, paseos o zonas de tránsito peatonal, parques o jardines, el propietario o persona que conduzca al animal es responsable de la eliminación de las mismas mediante el depósito dentro de bolsas impermeables y cerradas en las papeleras, contenedores u otros elementos de contención establecidos por los Servicios Municipales. (Capitulo V art. 30)

    • Es obligatorio recoger los excrementos, ley 11/2003 de protección de animales. Por educación, por civismo y por respeto a los demás.
    Las heces contienen bacterias y parásitos, evitaremos enfermedades.

    RESPONSABLE EL DUEÑO DEL ANIMAL, INFRACCION SANCIONADA SEGUN LA ORDENANZA MUNICIPAL, SOBRE TENENCIA Y PROTECCION DE ANIMALES.





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