• 2021-02-08 08:33:12
    Info General

    se establecen las bases reguladoras

    de las subvenciones para el fomento de la seguridad, la calidad y el empleo

    en el sector turístico de Extremadura. 


    Objeto:

    1. Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales.

    2. Mejora de la Calidad de los Balnearios.

    3. Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de Inter-

    mediación.

    4. Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros.

    5. Mejora de la Calidad de la Restauración.

    6. Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico.


    Beneficiarios

    Las empresas turísticas relacionadas a continuación, siempre que se encuentren ejerciendo la actividad turística objeto de subvención en la Comunidad Autónoma de Extremadura y hayan presentado declaración responsable decide inicio de actividad ante la

    administración turística, con al menos doce meses de antelación a la presentación de la solicitud de subvención.

    Los café-bares y otros establecimientos de ocio deberán haber presentado dicha declaración

    responsable con al menos ocho años de antelación a la presentación de la solicitud de sub-

    vención:

    a) Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales:

    1. Casas rurales: casa rural, casa-apartamento rural y casa-chozo.

    2. Hoteles rurales.

    b) Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y de In-

    termediación:

    1. Empresas de intermediación turística: agencias de viajes, centrales de reservas y

    organizadores profesionales de congresos.

     2. Empresas de actividades turísticas alternativas.

    c) Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros:

    1. Alojamientos turísticos hoteleros: hoteles, hoteles-apartamentos, hotel balneario,

    hostales y pensiones.

    2. Alojamientos turísticos extrahoteleros: apartamentos turísticos, albergues turísticos y campamentos de turismo.

    d) Mejora de la Calidad de la Restauración:

     1. Restaurantes.

     2. Cafeterías.

    3. Café-bares y otros establecimientos de ocio.

    4. Catering.

     5. Salones de banquetes.

    e) Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: balnearios y las empresas turísticas señaladas en los apartados a), b), c) y d) anteriores.


    Requisitos:

    El importe mínimo de las actuaciones subvencionables será:

    a) Línea de Mejora de la Calidad de los Alojamientos Rurales: 3.000 euros, IVA excluido.

    b) Línea de Mejora de la Calidad de los Balnearios: 5.000 euros, IVA excluido.

    c) Línea de Mejora de la Calidad de las Empresas de Actividades Turísticas Alternativas y

    de Intermediación: 3.000 euros, IVA excluido.

    d) Línea de Mejora de la Calidad de Alojamientos Hoteleros y Extrahoteleros: 5.000 euros, IVA excluido.

    e) Línea de Mejora de la Calidad de la Restauración: 5.000 euros, IVA excluido, excepto para otros establecimientos de ocio que será de 7.500 euros, IVA excluido.

    f) Línea de Fomento y mejora de las TIC en el Sector Turístico: 3.000 euros, IVA excluido.


    - Actividades subvencionables, consultar DOE, entre algunas son:

    a) Reformas y actuaciones necesarias para incrementar la calidad del establecimiento o su categoría.

    b) Reformas y actuaciones dirigidas a garantizar la accesibilidad de personas con movilidad reducida, o con cualquier otra limitación física, psíquica o sensorial.

    c) Mejora efectiva y renovación de las instalaciones y maquinarias de higiene alimentaria

    y de elementos higiénico-sanitarios.

    d) Implantación o adaptación de instalaciones de energías renovables, sistemas de ahorro energético y de agua, sistemas de depuración o reciclado de residuos, sistemas de reducción de la contaminación acústica o lumínica, sistemas de seguridad, sistemas

    contraincendios y mejora medioambiental del establecimiento.

    e) Implantación de todas las medidas de higienización, desinfección y de seguridad turística del alojamiento rural conforme a los requisitos del Ministerio de Sanidad y de las guías de la Secretaría de Estado de Turismo establecidas con motivo de la COVID-19

    f) Reformas y actuaciones dirigidas a disponer de las infraestructuras y equipamientos necesarios para acceder a los parámetros y estándares exigidos para la obtención de la marca Q de Calidad Turística Española, ISO 9001, ISO 14001 o cualquier otro sistema de calidad expresamente reconocido por la Comunidad Autónoma de Extremadura, certificado mediante normas UNE o reconocido por la Unión Europea.

    g) Obtención de la marca Q de Calidad Turística Española.

    h) Mantenimiento de los distintivos y marcas de calidad especificados en el apartado f)

    anterior.



    Adjuntos: