• 2016-02-29 12:55:37
    Info General

    Se hace saber que vista la legislación vigente, el Ayuntamiento puede compulsar documentos tales como DNI, pasaporte, libro de familia, tarjeta de residencia, permiso de conducir, títulos académicos y cualquier otro documento siempre que se vayan a unir a expedientes tramitados por el propio Ayuntamiento así como los actos, acuerdos y documentos realizados que se obren en las dependencias municipales.