• 2019-07-01 09:48:19
    Info General

    Según se establece en la ordenanza municipal reguladora de la tenencia de animales de compañía y potencialmente peligrosos, “queda prohibido el baño de perros en la piscina, entendiendo como tal el espacio comprendido entre 50 metros lineales contados desde el puente hacia arriba y 50 metros lineales contados desde las compuertas hacia abajo, que son unos 130 metros lineales”.
    Asimismo queda prohibido tenerlos sueltos y sin bozal, y cualquier otro comportamiento que pueda causar molestias a los demás bañistas, bajo sanción, la cual podrá oscilar entre los 150,25 y los 300,50 €.