• 2020-04-23 18:30:01
    Cultura

    Ante las dudas respecto a los desplazamientos a las huertas y explotaciones ganaderas no profesionales durante el Estado de Alarma, el Ministerio del Interior ha establecido una serie de parámetros para permitir el acceso.

    Podrá trabajarse en las huertas y explotaciones ganaderas no profesionales en los siguientes casos:

    Cuando el cuidado y alimentación de animales se consideré causa de fuerza mayor por cuestiones de bienestar animal y salubridad pública.

    Cuando el cuidado o recolección de huertos de autoconsumo en atención a la situación socioeconómica del interesado resulte imprescindible para atender a su subsistencia con la recogida de frutos y productos alimentarios destinadas a consumo o apoyo de la economía familiar.



    No se requerirá Certificado alguno para desplazarse a dichos huertos o explotaciones a realizar las actividades arriba referenciadas.

    En todo caso, los desplazamientos que se produzcan por estos motivos se deberán realizar siguiendo normas de seguridad para garantizar la protección de la salud y la seguridad de los ciudadanos, limitándose al máximo el tiempo de permanencia en la explotación agrícola o ganadera.

    Queda totalmente prohibido el desplazamiento a los huertos situados en segundas residencias durante el Estado de Alarma.

    Podrán ser sancionadas el uso y abuso de la huerta como excusa para salir de casa varias veces al día a hacer supuestas labores parciales que o no son necesarias o se pueden hacer de una vez.




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