• 2020-05-28 10:30:59
    Info General

    Época de peligro alto de incendios.
    Del 1 de junio al 15 de octubre.

    Queda prohibido encender fuego fuera de los supuestos autorizados.
    Se recuerda a los vecinos que tengan huertos o solares dentro o colindantes con el casco urbano, la obligación de desbrozarlos y limpiarlos para prevenir posibles incendios.
    A continuación, se resumen las actividades relevantes recogidas en el DOE Nº 101 de 27 de mayo de 2020. Aquellas personas que realicen estas actividades deberán observar las medidas de prevención oportunas en cada caso.

    • Actividades sujetas a autorización:
    o Carboneras y quema de rastrojos (en zonas regables y con informe de Sanidad Vegetal)
    o Lanzamiento de cohetes o de cualquier tipo de pirotecnia.

    • Actividades sujetas a declaración responsable:
    o Corte de metal y soldaduras
    o Trabajos con motosierra y desbrozadora de cuchilla metálica cuando haya un número superior a 3.
    o Grupos electrógenos, bombas u otros motores fijos o portátiles instalados en el campo.
    o Máquinas percutoras, ahoyadoras, cazos y análogos.
    o Desbrozadoras de cadenas, martillos y cuchillas.
    o Tractores con cuchillas, traíllas o pala.
    o Tránsito de orugas o maquinaria de cadenas.
    o Astilladoras y autocargadores, en tránsito.
    o Procesadoras para extracción de madera.
    o Cosechadoras, segadoras, empacadoras y tractores agrícolas de ruedas con grada de discos.




    Adjuntos: