• 2021-01-14 17:34:50
    CORONAVIRUS



    EL AYUNTAMIENTO TE INFORMA

    COVID-19 CIERRE PERIMETRAL DE PIEDRAS ALBAS






    La Junta de Extremadura (DOE del 13 de enero de
    2021) ha decretado, entre otras cuestiones, desde hoy día 14 de enero de 2021
    y hasta el día 20 de enero de 2021 (ambos incluidos)
    el cierre
    perimetral
    de todos los municipios extremeños, por lo que no
    se puede entrar ni salir de Piedras Albas
    excepto:



    • Asistencia a
      centros, servicios y establecimientos sanitarios.


    • Cumplimiento de
      obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o
      legales.


    • Asistencia a
      centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de
      educación infantil.


    • Retorno al lugar
      de residencia habitual o familiar propio.


    • Asistencia y
      cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas
      especialmente vulnerables.


    • Desplazamiento a
      entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios
      limítrofes.


    • Actuaciones
      requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales.


    • Renovaciones de
      permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos
      inaplazables.


    • Realización de
      exámenes o pruebas oficiales inaplazables.


    • Por causa de
      fuerza mayor o situación de necesidad.


    • Cualquier otra
      actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.


    Se permite circular por los viales que atraviesen
    los municipios, siempre y cuando el origen y el destino se encuentre fuera de
    dicha localidad. TODAS las restricciones de acceso a Zarza la Mayor
    continúan vigentes
    .

    Se ha ampliado la restricción de movilidad, ya vigente, entre las 22:00
    y las 06:00
    .



    El incumplimiento de las obligaciones contenidas en los Decreto del Presidente de la Junta
    de Extremadura o la resistencia a las
    órdenes de las autoridades competentes será sancionable
    con arreglo a las
    leyes que resultaren de aplicación y en los términos establecidos en el
    artículo 10 de la Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los estados de alarma,
    excepción y sitio.



     Se hace un llamamiento
    a la responsabilidad y a que no bajemos la guardia: MANTEN LA DISTANCIA
    INTERPERSONAL DE SEGURIDAD, USA LA MASCARILLA Y LÁVATE LAS MANOS.



    ¡EL VIRUS SIGUE
    ENTRE NOSOTROS!






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