• 2018-07-06 10:23:28
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    Según se establece en el Instrumento de Gestión Integrado de diversos espacios protegidos en los concejos de Ponga y Amieva, en las Zonas de Uso Restringido Especial, la circulación por vehículos a motor solo se puede realizar transitando por la red de caminos, senderos y rutas incluidos en el Anexo VI del citado documento y bajo las condiciones que en él se determinan.

    Por lo tanto, y salvo autorización expresa, ESTÁ TERMINANTEMENTE PROHIBIDO circular con vehículos a motor por las camperas que no cuenten con senderos, caminos o rutas que lo permitan.