• 2024-02-23 12:17:12
    Ayudas y subvenciones

    1. Propietarios de viviendas unifamiliares y edificios y  propietarios que, de forma agrupada, sean propietarios de edificios.
    2. Comunidades de propietarios o agrupaciones de comunidades de propietarios.
    3. Sociedades cooperativas compuestas por propietarios de edificios o viviendas.
    4. Empresas constructoras, arrendatarias o concesionarias de edificios y cooperativas que acrediten dicha condición, mediante contrato con la propiedad que les faculte para acometer las obras de rehabilitación.
    5. Administraciones Públicas.

    Requisitos

    1. Estar finalizadas antes de 2006, acreditado mediante consulta descriptiva de los datos catastrales, nota simple o escritura.
    2. Que constituyan el domicilio habitual y permanente de sus propietarios, usufructuarios o arrendatarios en el momento de solicitar las ayudas, acreditado mediante volante de empadronamiento en vigor.
    3. Disponer de Informe de evaluación de edificio IEE suscrito por un técnico competente (arquitecto o arquitecto técnico) y que acredite la procedencia de la actuación,  de fecha anterior a la solicitud de la ayuda.
    4. Para la obtención de estas ayudas se requiere que se aporte el proyecto de las actuaciones a realizar. En el caso de que no sea exigible este proyecto, será necesario justificar en una memoria técnica suscrita por técnico competente la adecuación de la actuación propuesta al informe de evaluación de edificio, al Código Técnico de la Edificación y sus documentos de apoyo,   y demás normativa de aplicación.


    Adjuntos: