• 2020-04-20 12:21:55
    Economía

    NOTA DEL ORGANISMO AUTÓNOMO DE GESTIÓN TRIBUTARIA (REGTSA)
    La declaración del estado de alarma ,mediante Decreto 463/2020, de fecha 14 de marzo, que implicaba medidas relativas de cese de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativas, actividades de hostelería y restauración etc.., tiene, sin ninguna duda, un impacto económico directo sobre la situación de numerosos empresarios y trabajadores de nuestra Provincia.

    Ante esta situación, REGTSA , que siempre se ha propuesto facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes, está obligada a hacer un esfuerzo para ofrecer nuevas facilidades, dentro del marco del ordenamiento jurídico, dirigidas a aquellos colectivos más afectados por el parón económico que implica la crisis del coronavirus.

    Las medidas que ha adoptado REGTSA son fundamentalmente dos:

    - ampliación de los períodos de cobranza de dos a tres meses

    - establecimiento de un sistema de aplazamientos exprés para empresarios y trabajadores afectados por el estado de alarma.

    Se adjunta un documento en el que se explican ambas medidas.

    Como consecuencia de dichas medidas se ha MODIFICADO EL CALENDARIO FISCAL 2020 que queda como sigue:

    PRIMER PERÍODO [3 de FEBRERO al 29 de MAYO]
    Cargos domiciliados: 3 de marzo de 2020

    Tributos que se pasan al cobro:
    ■ Tasas de Agua, alcantarillado y basura (correspondiente al 2º semestre de 2019)

    SEGUNDO PERÍODO [ 4 de MAYO al 31 de JULIO]
    Cargos domiciliados: 4 de mayo de 2020

    Tributos que se pasan al cobro:
    ■ Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica ( IVTM). Año 2020
    ■ Tasa de rodaje de vehículos no gravados por el IVTM del año 2019

    TERCER PERÍODO [ 1 de JUNIO al 31 de AGOSTO]
    Cargos domiciliados: 1 de junio DE 2020

    Tributos que se pasan al cobro:
    ■ Impuesto Sobre Bienes Inmuebles rústica y urbana PRIMER PLAZO (IBI) año 2020

    CUARTO PERÍODO [ 1 de SEPTIEMBRE al 30 de NOVIEMBRE]
    Cargos domiciliados: 2 octubre de 2020
    Tributos que se pasan al cobro:
    ■ Tasas de Agua, alcantarillado y basura (correspondiente al 1er semestre 2020)
    ■ Impuesto de Actividades Económicas (IAE). Año 2020 e IBI URBANA SEGUNDO PLAZO año 2020





    Adjuntos: