• 2020-10-14 10:06:18
    Economía

    EXTRACTO DEL PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN DIRECTA DE SUBVENCIONES A COMUNIDADES DE PROPIETARIOS PARA LA INSTALACIÓN DE DISPOSITIVOS DE SEGURIDAD
    Publicado: BOP nº 197 de 14 de octubre

    Fin de Plazo de Aceptación de la subvención: 5 de noviembre de 2020

    Primero. Beneficiarios.

    Las COMUNIDADES DE PROPIETARIOS que representan a los 100 edificios de viviendas (portales) con tipología edificatoria de bloque abierto existentes en el municipio

    Segundo. Objeto

    LA INSTALACIÓN DE DISPOSITIVOS O LA ADOPCIÓN DE OTROS ELEMENTOS DE SEGURIDAD PRIVADA EN LAS ZONAS COMUNES DE LOS 100 EDIFICIOS-PORTALES DE VIVIENDAS CON TIPOLOGÍA DE BLOQUE ABIERTO DEL MUNICIPIO que se lleven a cabo durante el año 2020 y hasta el fin de plazo de ejecución que más adelante se señala.

    Tercero. Bases reguladoras

    Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones han sido aprobadas por el Pleno del Ayuntamiento de 1 de octubre de 2020 y están publicadas íntegramente en la sede electrónica del Ayuntamiento de Terradillos a la que puede accederse desde la página web www.ayto-terradillos.como y desde la BDNSN, pudiendo también obtenerse en el Registro General del Ayuntamiento.

    Cuarto. Cuantía de la ayuda.

    La subvención consiste en una cuantía individualizada de al menos SEISCIENTOS EUROS (600 €) euros por cada edificio/portal de viviendas, de acuerdo con la asignación presupuestaria total de 30.000 euros aprobada por el Pleno en la misma fecha, cuantía que podrá ser incrementada conforme al siguiente

    Procedimiento:

    Se distribuirán los 30.000 euros previstos para el ejercicio 2020 entre las Comunidades de Propietarios que hayan aceptado en tiempo y forma la subvención y presentado la documentación preceptiva, distribución que se llevará a cabo de la siguiente forma:

    a) Se asignarán SEISCIENTOS EUROS (600,00 €) euros a cada uno de los cincuenta primeros edificios o portales cuyas Comunidades de Propietarios hayan presentado en el registro general del Ayuntamiento la aceptación de la subvención y presentado la documentación requerida.
    b) Una vez asignada la subvención de 600 euros en la forma antes descrita, si sobrare crédito, éste será repartido proporcionalmente entre las Comunidades de Propietarios que hayan aceptado la subvención, hasta el límite del presupuesto presentado por estas, y hasta agotar los 30.000 euros del ejercicio 2020. Si de la asignación no sobrare crédito, se confeccionará una lista de reserva con aquellas Comunidades de Propietarios que no hayan obtenido la subvención en el ejercicio 2020, para su asignación en el ejercicio 2021 en la forma antes descrita.

    Quinto. Plazo de aceptación de la subvenciones.

    La aceptación por las Comunidades de Propietarios de la subvención deberá de llevarse a cabo en el modelo anexo en el plazo de quince días hábiles contados a partir de la publicación del extracto de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia, web municipal, tablones de anuncios y otros medios de comunicación municipales

    Sexto. Otros datos.

    A la aceptación de la subvención deberá de acompañarse factura, presupuesto o factura proforma de los dispositivos u otros elementos de seguridad que se hayan implantado o se tengan previsto implantar en el edificio-portal o edificios-portales de la Comunidad beneficiaria




    Adjuntos: