• 2018-03-28 09:36:46
    Cultura

    D. PEDRO FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILMO AYUNTAMIENTO DE TORAL DE LOS VADOS (LEÓN).

    PONGO EN CONOCIMIENTO de los vecinos del municipio que de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.1 de la Ley 7/85, de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículos 8, 24.1 y 106 de la Ley 5/99, de 8 de abril de Urbanismo de Castilla y León y artículos 14, 18 , 19 y 52 y 319 a 322 del Decreto 22/2004 de 29 de enero por el que se aprueba el Reglamento de Urbanismo de Castilla y León y según la Ordenanza Municipal Nº 37 Reguladora de la Limpieza y Vallado de Solares, Protección de los Pozos y de Medidas de Mantenimiento de las condiciones de Seguridad, Salubridad, Ornato Público y Decoro de terrenos, de la Limpieza de la Vía Pública, debido a la reciente plaga de conejos y para evitar incendios.

    SE ORDENA:

    A los propietarios de las fincas rústicas y urbanas que procedan a la limpieza de hierbas y maleza de las mismas, manteniéndolas en un estado adecuado de conservación.

    EL NO CUMPLIMIENTO CONLLEVARÁ QUE EL AYUNTAMIENTO, PREVIOS LOS TRÁMITES OPORTUNOS, REALICE DIRECTAMENTE ESAS ACTUACIONES REPERCUTIENDO LOS COSTES A LOS PROPIETARIOS.

    En Toral de los Vados a 27 de Marzo de 2018

    EL ALCALDE-PRESIDENTE.
    D. Pedro Fernández Fernández




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