• 2020-04-17 09:29:10
    Info General

    La Delegación del Gobierno en Extremadura Informa:

    Se puede ir a los huertos de autoconsumo (explotaciones agrarias no profesionales) para alimentación y cuidado de animales, por cuestiones de bienestar animal y salubridad pública, así como para recolectar fruta y productos alimentarios.
    También para labores de cultivo o mantenimiento de las parcelas e instalaciones, reparar averías o mantenimiento de las mimsas.

    Siempre que sea posible, todas estas actividades se debe hacer un un mismo día, y la duración de estar en el huerto debe ser el tiempo indispensable.

    Las personas que se desplacen deberán llevar consigo la documentación identificativa y la justificativa del título o disposición de la explotación agraria no profesional (huerto).