• 2020-10-15 12:44:18
    Info General

    Se ha publicado en el DOE Nº 199, de 14 de Octubre de 2020 la DECLARACIÓN DE ÉPOCA DE PELIGRO BAJO DE INCENDIOS FORESTALES del Plan INFOEX, donde se regulan los usos y actividades que pueden dar lugar a riesgo de incendio y se desarrollan las medidas generales de prevención y medidas de autoprotección definidas en el Plan PREIFEX.

    Por parte del Ayuntamiento, se comunica que como en años anteriores se facilitará la tramitación de las DECLARACIONES RESPONSABLES de los particulares, sin embargo siempre que se pueda y debido a la situación actual de la COVID-19, se insta a los particualres a que utilicen la página disponible para rellenar desde el teléfono móvil:

    Se pueden tramitar telemáticamente desde el móvil (por los propios particulares), en el siguiente enlace:
    https://www.infoex.info/tramites-en-linea/

    LAS PETICIONES REALIZADAS TELEMÁTICAMENTE PERMITEN REALIZAR LA QUEMA --- A LOS 5 DÍAS--- DESDE QUE SE HA SOLICITADO.
    LAS PERSONAS QUE REALICEN LA QUEMA ANTES DEL PLAZO ESTABLECIDO LO HACEN BAJO SU RESPONSABILIDAD.

    EL PERIODO DE VIGENCIA SERÁ DE 30 DÍAS NATURALES (PETICIONES QUEMA REALIZADAS TELEMÁTICAMENTE).

    1º.-En la opción: "QUEMA POR MONTONES (SOLO RESTOS VEGETALES AMONTONADOS)- Formulario de Declaración responsable para Época de Peligro Bajo.
    2º.-Entrar en el enlace de color NARANJA: "Formulario de Declaración responsable de Quema".
    3º.-Completar todos los datos obligatorios y medio de notificación (nº teléfono).
    4º.-Rellenar los datos de "Responsable en Campo".
    5º._Tipo de actividad: MPORTANTE: Detallar si son "Restos agrícolas" o "Restos forestales".
    6º.- Agregar los datos de Polígono y Parcela, así como paraje.
    7º.- Por último, darle a enviar formulario.
    La página le permite DESCARGAR COPIA DEL FORMULARIO ENVIADO. (FIJARSE DÓNDE SE REALIZA LA DESCARGA)

    -Se recuerda a los particulares que en el caso de que se vean obligados a acudir al Ayuntamiento, deben guardar las medidas de seguridad de lucha contra la COVID-19, acudiendo con uso de mascarilla e higiene de manos.

    -Los particulares deben traer los datos para agilizar la tramitación.
    -Los particulares se hacen responsables de la información suministrada, debiendo comprobar si se ha mecanizado correctamente y en caso de error serán los únicos responsables.
    EL AYUNTAMIENTO NO SE HACE RESPONSABLE DE ERRORES SUMINISTRADOS EN TRÁMITACIÓN DE DECLARACIONES ("PETICIONES DE QUEMA").
    -Los particulares deben leer las normas y las instrucciones de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
    -Los particulares solo pueden quemar en el HORARIO establecido para ello y en las zonas señaladas.
    -Los días con VIENTO U OTRAS CONDICIONES LOCALES QUE COMPROMETAN LA SEGURIDAD O PUEDA CAUSAR DAÑO A TERCEROS (...) aunque se disponga de la declaración, NO SE PUEDE REALIZAR LA QUEMA Y ESTA DEBE SUSPENDERSE, PROCEDIENDO A SU EXTINCIÓN TOTAL.
    -NO SE PUEDEN REALIZAR QUEMAS CUANDO EL HUMO AFECTE A POBLACIONES O VISIBILIDAD DE VIALES DE TRÁFICO, se debe SUSPENDER LA QUEMA Y EXTINGUIRLA.

    -De forma genérica, el horario para realizar quemas en la fecha actual es: DESDE 1 HORA ANTES DE LA SALIDA DEL SOL HASTA LAS 17:00 HORAS, en ese momento no debe apreciarse llama, debiendo permanecer vigilada la quema hasta consumirse los rescoldos.
    -A partir del 1 DE ABRIL las quemas de restos acortarán dicho horario HASTA LAS 14:00 HORAS o por declaración de PELIGRO MEDIO cuando así lo permita (a través de publicación en el DOE).



    EN CASO DE INCENDIO O AUXILIO LLAMAR AL 1.1.2 o a la CENTRAL INCENDIOS CÁCERES:
    TELÉFONO: 927 005 809
    MÓVIL: 630 846 583
    preifex@juntaex.es

    Recordamos que las peticiones de quema son una competencia de la Junta de Extremadura, a través de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.

    Cualquier queja o reclamación, diríjanse al citado organismo.







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