• 2020-03-14 10:03:01
    Info General

    VISTO declaración de 30 de enero de 2020, el Director General de la OMS declaró que el brote de COVID-19 era una emergencia de salud pública de importancia internacional y emitió una serie de recomendaciones provisionales.
    VISTO publicación de declaración de la OMS tras superarse los 100 000 casos de COVID-19 en la que se indica:
    “(…) Todos los esfuerzos que se hacen para contener el virus y frenar la propagación sirven para salvar vidas. Estos esfuerzos dan a los sistemas de salud y a la sociedad en su conjunto un tiempo muy necesario para avanzar en su preparación, y a los investigadores más tiempo para encontrar tratamientos eficaces y desarrollar vacunas.
    Ningún gobierno debería considerar la posibilidad de permitir una propagación incontrolada, ya que ello no solo perjudicará a los ciudadanos de ese país, sino que también afectará a otros países.
    Debemos detener, contener, controlar, retrasar y reducir el impacto de este virus a cada oportunidad que tengamos. Todas las personas están en condiciones de contribuir a este esfuerzo, de protegerse a sí mismas, de proteger a los demás, ya sea en el hogar, en la comunidad, en el sistema de atención de salud, en el lugar de trabajo o en el sistema de transporte.”
    VISTO incremento de casos por coronavirus en la Comunidad Autónoma de Extremadura y potenciales flujos de visitantes procedentes de Madrid, Vascongadas y Cataluña así como turistas internacionales para visitas a parajes/centros vinculados al Parque Nacional de Monfragüe.
    VISTO que la respuesta del sector turístico, debe ser mesurada y coherente, proporcionada a la amenaza para la salud pública y basada en una evaluación de los riesgos locales, y debe contar con la participación de todos los eslabones de la cadena de valor del turismo: organismos públicos, empresas privadas y turistas, de conformidad con las orientaciones y recomendaciones generales de la OMS.
    VISTO contenido de recomendación suscrita por el equipo de Salud de Serradilla (EAP) donde, sucintamente, se indica que toda persona con síntomas de infección respiratoria (tos intensa, fiebre o dificultad para respirar o ahogo), que haya viajado a zonas de riesgo (Madrid, Álava, La Rioja, Italia, China, etc.) o que hayan dado positivo en las pruebas del coronavirus no acuda ni al consultorio, ni al centro de salud ni al hospital, debiendo llamar al 112 y esperar instrucciones. las personas mayores o que padezcan enfermedades crónicas deben limitar las salidas de su hogar y evitar lugares concurridos. Las personas que provengan de zonas de riesgo deberían realizar aislamiento domiciliario durante 72 horas, autovigilancia y en caso de presentar síntomas llamar al 112.
    CONSIDERANDO contenido de resolución de 11 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas y recomendaciones de salud pública en Extremadura como consecuencia de la situación y evolución del coronavirus (COVID-19), firmada por el Vicepresidente Segundo y Consejero de Sanidad y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, en la que adoptan medidas preventivas de carácter general así como destinadas a colectivos específicos, así como recomendaciones, igualmente dirigidas a colectivos específicos y recomendaciones generales (DOE nº 50 de fecha 12-3-20).
    CONSIDERANDO previsiones normativas contenidas en el art 21.1.d), m),s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
    Por todo ello,
    HE DISPUESTO
    Primero.- Suspender, desde la fecha de firma de la presente, la prestación de servicios municipales desarrollados en el Centro Sur Monfragüe (Abrigo Castillo Monfragüe, Centro de Interpretación de Arte Rupestre, Birdcenter y Observatorio Astronómico, por un periodo de 15 días, estándose a cuanto se inste/sugiera/recomiende por las autoridades sanitarias o cuanto resulte conveniente atendidas las circunstancias/situaciones que se vayan produciendo.
    No obstante la suspensión y cierre de las instalaciones solo afectará a los usuarios de los servicios y no al personal del Centro Sur Monfragüe, quienes deberán acudir a su centro de trabajo, sin recibir visitas de ninguna índole, desarrollando, por tanto a puerta cerrada, tareas/funciones de gestión pagina WEB centrosurmonfrague.com, difusión de centros a través de redes sociales, dotación de contenidos en redes sociales, y diseño, programación y ejecución de actividades de promoción/difusión de centros a colegios, administraciones, empresas, establecimientos hoteleros, agencias operadores de turismo (sin bien informándose de la suspensión de actividades decretada y previsión de futuras suspensiones en caso de persistencia de epidemia coronavirus).
    Con independencia de la duración de eventuales suspensiones y mientras pudieran estar abiertos los
    centros extrémense las medidas de higiene de personas y material así como distancias y
    comportamiento de usuarios del servicio. Queda prohibida la atención numerosa de visitantes
    ordenándose en grupos muy reducidos. La observación por telescopios así como charlas se efectuaran
    al aire libre con prohibición absoluta de observaciones en la cúpula.
    Segundo.- Suspender, desde la fecha de firma de la presente, la prestación de servicios municipales
    educativos, lúdicos y deportivos desarrollados en Oficina de Turismo, gimnasio municipal, pabellón
    deportivo, campo de futbol y centro de educación infantil Los Pitufos) por un periodo de 15 días,
    estándose a cuanto se inste/sugiera/recomiende por las autoridades sanitarias o cuanto resulte
    conveniente atendidas las circunstancias/situaciones que se vayan produciendo.
    Tercero.- Publíquese en pagina web del Ayuntamiento de Torrejón el Rubio, documentación difundida en
    páginas web del Ministerio de Sanidad, Consejería de Sanidad, Organización Mundial de la Salud
    relevante para los ciudadanos relativas a higiene y recomendaciones elementales respecto al
    coronavirus.
    Igualmente publíquese resolución de 11 de marzo de 2020, por la que se adoptan medidas preventivas
    y recomendaciones de salud pública en Extremadura, recomendación de 12-3-20 del equipo de Salud
    de Serradilla y comunicación de esta Alcaldía de fecha 13-3-20.
    Cuarto.- Distribúyase por la Policía Local trípticos e información sobre coronavirus con vigilancia y
    divulgación de las buenas prácticas en relación con el citado patógeno.
    Quinto.- Distribúyase información sobre coronavirus en bares, comercios, establecimientos hoteleros,
    hospedería, alojamientos rurales y lugares donde se puedan efectuar reuniones de vecinos.
    Sexto.- Dispóngase en dependencias municipales, en formato papel, de información sobre el
    coronavirus para su entrega a todo vecino que acuda al Ayuntamiento para realización de gestiones
    ordinarias. Hágase visible dicha información en lugares de acceso y tablón de anuncios de este
    Ayuntamiento.
    Séptimo.- Cuídese especialmente por los empleados públicos del Servicio Social Base, Familia y Policía
    Local de prevenir e identificar posibles situaciones de riesgo, identificaciones, traslados, residencia en
    esta localidad de personas afectadas por coronavirus con inmediata puesta en conocimiento, según los
    casos, a esta Alcaldía o a la autoridad sanitaria para la adopción inmediata de las medidas que
    procedan.




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