• 2018-04-20 13:04:51
    Medio Ambiente

    El Ayuntamiento de Uceda informa a todos los vecinos de la importancia de colaborar en el cumplimiento de las ordenanzas de limpieza y recogida de residuos. Por ello, al entrar la primavera es importante atender a los requerimientos respecto a las podas y resto de residuos vegetales para conseguir un entorno adecuado, evitar molestias a los vecinos y no ser sancionados por el ayuntamiento en aplicación de las ordenanzas.

    En Caraquiz, conforme a la ordenanza municipal, es de aplicación en lo relativo a la recogida y tratamiento de podas, lo siguiente:

    Por restos de poda entendemos como aquellos que provienen del recorte de árboles o arbustos, así como los recortes de césped generados con su siega.
    Con el fin de que las calles no estén permanentemente ocupadas por los restos de podas, estos solo podrán ser depositados de sábado a martes, ambos inclusive.
    Únicamente se recogerán restos vegetales. No se recogerán envases de plástico, excrementos caninos, papeles, macetas, tierras, tepes, utensilios de jardín, restos vegetales con tierra, etc.
    Los restos finos se colocarán en bolsas cerradas y el peso no podrá ser superior a 15 kg. con un máximo de 8 bolsas. Las ramas se dispondrán debidamente atadas en haces no superiores a 1,5 m. de longitud y peso no superior a 15 kg.
    Se depositarán en la puerta de su casa solo los días señalados para ello. De no ser así, no solo no serán recogidos por los servicios municipales hasta la semana siguiente con el consiguiente perjuicio para nuestro entorno, sino que se tipificará como falta grave, no se podrán junto a los contenedores de basura ni en parcelas próximas.
    Los restos generados por podas de arizónicas, seto, talas, etc. que excedan de 1 m3, antes de su generación se deberá notificar su producción al Ayuntamiento, quien marcará las condiciones idóneas y necesarias para su posterior recogida y reciclaje.
    Cualquier otra generación de residuos similares, que por su naturaleza no pueda cumplir estas normas, deberá contar con la autorización expresa del Ayuntamiento para realizar u organizar su recogida, siendo en caso contrario responsable el generador del residuo de su tratamiento o eliminación.

    El no cumplimiento de esta normativa además las molestias que supone para todos, conlleva también la sanción por parte del Ayuntamiento tanto a particulares como a empresas infractoras.

    En este sentido la ordenanza considera una infracción grave, depositar cualquier clase de residuo en la vía pública fuera del calendario establecido para facilitar su recogida; y como infracción grave conlleva una multa desde 201 euros hasta 1.000 euros. La reincidencia en infracción grave, así como, depositar residuos en lugares no autorizados o clandestinos; están recogidas en la ordenanza como infracciones muy graves, y como tales conllevan multa desde 1.001 euros hasta 30.000 euros.




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