• 2018-09-18 13:52:33
    Cultura, Juventud y Festejos

    Durante los últimos meses se han producido algunos ataques de unos perros a otros dentro de los parques caninos de Aldeamayor de San Martín, así como conatos de ataques de perros a personas en caminos agrícolas o forestales del municipio.
    En este sentido, resulta conveniente recordar a todos los propietarios de perros su obligación de tenerlos controlados en todo momento, en especial los de cierto tamaño o capacidad de intimidación, tanto en el interior de los parques caninos (sujetándolos cuando existan otros perros y/o personas en su interior) como en cualquier vial, zona verde, pinar o camino (para evitar sustos a viandantes y daños a la fauna autóctona).
    (El artículo 7 del “Reglamento regulador del uso de las áreas y espacios de recreo canino del ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín…” recoge que “Los poseedores de animales domésticos quedan obligados a adoptar todas aquellas medidas que resulten precisas para evitar que la tenencia o circulación de los animales pueda suponer amenaza, infundir temor razonable u ocasionar molestias a las personas” y que “En la vía pública, los perros dispondrán de microchip y circularán acompañados por su dueño o persona responsable que los conducirán mediante collar y correa o cadena. Llevarán bozal si las circunstancias sanitarias lo aconsejan y, en todo caso, cuando manifiesten un carácter marcadamente agresivo o hayan protagonizado agresiones a personas, a otros animales o a bienes”).
    (Reglamento regulador del uso de las áreas y espacios de recreo canino del Ayuntamiento de Aldeamayor de San Martín y del comportamiento de los animales domésticos en los espacios públicos; BOP 91, de martes 15 de mayo de 2018).
    Finalmente se recuerda que todos los poseedores de perros están obligados a inscribirlos en el Censo Canino dentro del plazo máximo de tres meses desde su nacimiento o de un mes desde su adquisición, así como poseer cartilla sanitaria y disponer del correspondiente microchip, y mantenerlos en adecuadas condiciones de limpieza y alimentación, procurando ocasionar las menores molestias a los vecinos tanto en lo relativo a olores como a ruidos, recogiendo las defecaciones allí donde éstas se produzcan.

    Lo que se hace público para general conocimiento.
    Aldeamayor de San Martín, 18 de septiembre de 2018.




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