• 2018-06-21 13:34:03
    Empleo

    BASES DE SELECCIÓN DE UNA PLAZA DE PERSONAL, PARA LA CONTRATACIÓN DE UN/A AUXILIAR DE AYUDA A DOMICILIO DENTRO DEL PLAN PROVINCIAL EXTRAORDINARIO DE EMPLEO “DIPUTACIÓN EMPLEA” FINANCIADO POR LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE CÁCERES, PARA LA CREACIÓN DE NUEVO EMPLEO POR PARTE DE ENTIDADES LOCALES DE LA PROVINCIA DE CÁCERES.
    PRIMERO: OBJETO
    Es objeto de la presente convocatoria la selección de persona desempleada en Cañamero , contribuyendo al crecimiento del empleo inclusivo en el municipio.
    El puesto de trabajo a cubrir estarán destinados a la prestación del servicio de ayuda a domicilio o de otras tareas propias de los servicios sociales del Ayuntamiento de Cañamero, al 62,50 % de la jornada completa, con una retribución bruta mensual del 62,50% del SMI que se encuentre en vigor, mas la parte proporcional de la paga extraordinaria.
    SEGUNDA. DURACIÓN DEL CONTRATO
    Desde la fecha de contratación hasta el 31 de octubre de 2018
    TECERA. REQUISITOS DE LOS CANDIDATOS.
    a) Los previstos en las Normas Reguladoras del Plan Provincial Extraordinario de Empleo "Diputación Emplea" aprobado por el Pleno de la Excma. Diputación Provincial de Cáceres, en sesión ordinaria de 29 de septiembre de 2017 (B.O.P.) del 07/11/2017 y corrección de error en el BOP del 08/11/2017.
    b) Las personas cuya contratación es objeto de este programa de ayudas deberán estar desempleadas e inscritas como personas demandantes de empleo desempleadas.
    c) Ser español, o nacional de uno de los restantes Estado miembros de la Unión Europea, o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la Ley 17/1993 de 23 de diciembre. De igual manera podrán tomar parte los extranjeros de acuerdo con lo dispuesto en el art. 102 de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, siempre y cuando posean las autorizaciones precisas para su estancia y trabajo en España.
    d) Estar en posesión del titulo o curso de 400 horas o superior de auxiliar de ayuda a domicilio.
    e) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas o enfermedades que le inhabiliten para la realización de estas tareas.
    f) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de las Administraciones Públicas ni haberse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
    TERCERO.-PRESENTACION DE INSTANCIAS
    Las instancias se deberán presentan en el modelo establecido, en las oficinas municipales del Ayuntamiento de Cañamero, hasta las 14,30 horas del día 27 de junio de 2018, debiendo obrar de forma ineludible las mismas en estas oficinas.
    A estas instancias se deberá acompañar los siguientes documentos:
    a) Fotocopia del DNI
    b) Fotocopia del Curso o titulo habilitante.
    c) Declaración responsable
    CUARTO. LISTA ADMITIDOS Y EXCLUIDOS.
    Terminado eL Plazo de presentación de instancias el Sr. Alcalde dictará Resolución de Aprobación de la Lista de Admitidos y Excluidos y nombramiento del Tribunal.
    Contra esta lista y los miembros del Tribunal, se podrá presentar reclamaciones o legaciones hasta las 14 horas del día 28 de junio de 2018.
    QUINTO.-PROCESO DE SELECCIÓN
    El procedimiento de selección del trabajador/a consistirá en una única prueba de concurso con un único criterio, de entre los aspirantes que reúnan los requisitos, siendo este el mayor tiempo, contados en días, que haya permanecido el aspirante admitido, inscrito en el Centro de Empleo del Sexpe en los últimos 18 meses, contados desde la fecha de terminación del plazo de presentación de instancias.
    Caso de que exista empate, las mayores cargas familiares.
    SEPTIMO.-: ORDEN DE CLASIFICACIÓN FINAL
    La clasificación de los aspirante se efectuar por orden de mayor a menor días inscrito en el centro de Empleo del Sexpe en el periodo indicad.
    Una vez realizada la selección, los aspirantes no contratados, que cumplan todos los requisitos, quedarán en lista de espera, para futuras sustituciones de bajas. Este Ayuntamiento se reserva el derecho a realizar las investigaciones que estime oportunas para comprobar la veracidad de lo expuesto en la documentación presentada por los aspirantes. Mientras no se formalice el respectivo contrato y no se incorpore al puesto de trabajo, el/la aspirante no tendrá derecho a percepción económica de ninguna clase.
    El Tribunal publicará la lista provisional y el orden de clasificación conforme se dice anteriormente, el dia 29 de junio de 2018.
    Contra esta lista se podra presentar reclamaciones o alegaciones hasta las 13 horas del dia 1 de julio de 2018.
    OCTAVO: TRIBUNAL DE SELECCIÓN.
    El Tribunal que se designe, estará constituido e de la siguiente forma:
    Presidente: Nombrado por la Sr.. Alcaldesa-Presidente.
    Vocales: Cuatro, nombrados por el Sr. Alcaldesa-Presidente, uno de ellos funcionario de Junta de Extremadura.
    Secretario: El de la Corporación o funcionario de la misma en quien delegue. La composición del Tribunal se ajustará a lo dispuesto en el artículo 60 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del estatuto Básico del Empleado Público, donde se establece que el personal de elección o designación política, los funcionarios interinos y el personal eventual no podrán formar parte de los órganos de selección. Asimismo a la sesión del Tribunal de Selección que se constituyan, podrá asistir a efectos de su participación en calidad de observador, con voz pero sin voto, un Concejal de cada uno de los Grupos Políticos con representación en la Bases contratación personal programa de Empleo “Diputación Emplea”. Exp. 225/2018, un representante de cada Central Sindical con representación en este Ayuntamiento.
    El Tribunal, queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del proceso de selección en aquellos aspectos no previstos en estas bases, si bien, en todo caso de conformidad a la legislación vigente.
    NOVENO: PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS Y CONTRATACIÓN
    La persona seleccionada deberá presentar ante el Ayuntamiento los documentos que acrediten que reúnen las condiciones establecidas en la Base Segunda de la Convocatoria, en el plazo de dos días siguientes a la publicación de la propuesta del Tribunal Calificador. Si dentro del plazo indicado y salvo casos de fuerza mayor, el aspirante propuesto no presentara su documentación o no reuniera alguno de los requisitos citados, no podrá ser contratado y quedarán anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en las pruebas. En este caso la Sra. Alcaldesa efectuará nombramiento a favor del aspirante que siga en el orden de clasificación final al propuesto para el puesto de trabajo a cubrir.
    DECIMO: INCIDENCIAS

    Contra estas bases, su convocatoria y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del Tribunal, se podrán interponer impugnaciones por los interesados en los casos y en la forma establecida por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
    El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar resoluciones, criterios o medidas necesarias para el buen orden del concurso en aquellos aspectos no contemplados en estas bases, siendo en todo caso aplicable, para lo no previsto en la presente convocatoria las Normas Reguladoras del Plan Extraordinario de la Diputación de Cáceres, "DIPUTACIÓN EMPLEA.
    La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Pública; la Ley 7/1985, de 2 de Abril, reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local.

    El Decreto 201/1995, de 26 de Diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de Marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo.
    Cañamero, 21 de junio de 2018.
    EL ALCALDE
    Fdo.Felipe Cerro Audije