• 2020-04-06 18:49:11
    Info General

    ANUNCIO IMPORTANTE DE SUPRIMIR LUNES DE PASCUA COMO FIESTA LOCAL, POR EL 7 DE SEPTIEMBRE DE 2020

    La Junta de Gobierno LocaL, en su sesión extraordinaria urgente, celebrada el día 06 de abril de 2020, ante la situación en que nos encontramos consecuencia del Estado de Alarma, con sus prohibiciones y confinamiento a la población, para evitar en Cañamero la propagación del coronavirus COVID-19 .

    Visto los siguientes preceptos legales:

    a) Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19,
    b) Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
    c) Real Decreto 476/2020, de 27 de marzo, por el que se prorroga el estado de alarma declarado por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
    d) Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.
    e) Orden SND/307/2020, 30 de marzo, por la que se establecen los criterios interpretativos para la aplicación del Real Decreto-ley 10/2020, de 29 de marzo, y el modelo de declaración responsable para facilitar los trayectos necesarios entre el lugar de residencia y de trabajo.
    f) Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.
    g) Resolución de la CONSEJERÍA DE SANIDAD Y SERVICIOS SOCIALES RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2020, del Vicepresidente Segundo y Consejero, por la que se adoptan recomendaciones en materia de salud pública relativas a las personas que se desplacen a Extremadura procedentes de otras Comunidades Autónomas.
    h) El Decreto 63/2019, de 28 de mayo (DOE de 3 de junio), fija las doce fiestas laborales retribuidas y no recuperables en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2020. En su artículo 3 establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables —con el carácter de fiestas locales—, otros dos días que serán determinados por la Dirección General con competencias en materia de trabajo adscrita a la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, a propuesta del órgano competente del Ayuntamiento respectivo.
    i) Los bandos de la Alcaldía.

    La Junta de Gobierno Local tras deliberación por videoconferencia conforme a los previsto en el articulo 46.3 de la Ley 7/1985 de Bases del régimen local,

    Por Unanimidad ACUERDA:

    Primero. Modificar el día festivo de carácter local, inhábil para el trabajo, retribuido y no recuperables señalado para el 13 de abril de 2020 (lunes de pascua) en Cañamero, que fue publicado en el DOE número 218.

    Segundo. Aprobar como día festivo de carácter local inhábil para el trabajo retribuido y no recuperable el 07 de septiembre de 2020 en Cañamero.

    Tercero. Se de traslado de este acuerdo a la Dirección General de Trabajo de la Junta de Extremadura, para su inserción en el DOE de Extremadura y en el Calendario Laboral de 2020.

    Cañamero, 06 de abril de 2020
    EL ALCALDE