• 2021-02-12 10:41:05
    Info General

    Se restringe la entrada y salida de
    personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, se
    permite la movilidad entre municipio.



    Entre las 22:00 y las 7:00 está prohibida
    la circulación por la vía pública salvo causas justificadas.



    Locales
    de ocio



     



    Reapertura de la hostelería y código QR



    Supresión del servicio y el uso para el
    consumo de la barra en todos los bares, restaurantes y resto de
    establecimientos de hostelería. El aforo en locales cerrados dedicados a esta
    actividad se reducirá a un tercio del máximo que tuvieran establecido
    previamente con distancia de, al menos, 2 metros entre las sillas de diferentes
    mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la
    normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. Queda expresamente
    prohibido añadir elementos móviles o fijos anejos a la barra que puedan ampliar
    la superficie de esta y permitir su uso como mesa.



     Los
    espacios al aire libre de bares y restaurantes reducirán su aforo al 50 por
    ciento del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al
    menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo
    momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias
    de seguridad y agrupación. Se entiende por espacio al aire libre todo espacio
    no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por
    un máximo de dos paredes, muros o paramentos.



    Cierre de bares, pubs, cafeterías,
    establecimientos de restauración y similares una hora antes del inicio del
    horario de restricción de movilidad nocturna establecido en ese momento (a las
    21.00 horas).



    Queda prohibido el servicio a las personas
    usuarias que no se encuentren sentadas en las mesas dispuestas a tal efecto.



    Los clientes, eso sí, tendrán que
    descargarse un código QR para poder entrar en los locales de ocio y así poder
    tener un registro detallado de todos los movimientos de personas en estos
    locales.



    Pueden descargarlo pinchando en siguiente
    enlace https://ocioresponsable.castillalamancha.es/,
    rellanando Nombre Apellidos, D. N. I y teléfono de contacto, le remitirán el QR
    al móvil que deberá mostrar al establecimiento de hostelería para poder entrar.



    Centros
    sociosanitarios



    Suspensión cautelar de la actividad en los
    Centros de Día de personas mayores y personas con discapacidad y de servicios
    de estancias diurnas de personas mayores.



    Suspensión de visitas sociales en
    residencias de mayores.



    Actividades
    religiosas de ámbito social



    Velatorios y ceremonias: un máximo de 6
    personas.



     



    Eventos sociales, como bodas y bautizos: se
    limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados
    mediante la fijación del 40 por ciento de aforo



    Medidas
    complementarias



     



    Instalaciones deportivas de cualquier
    titularidad: el aforo máximo será del 20 por ciento en espacios interiores y
    del 50 por ciento en espacios exteriores



     



    Las
    visitas guiadas a monumentos y lugares de interés cultural verán limitado el
    tamaño máximo de los grupos a 6 personas
    .



     



    Academias, autoescuelas y otros centros de
    formación no reglada: disminuirán su aforo máximo al 50 por ciento del
    habitual.



     



    Cines, teatros y auditorios: cierre cautelar.



     



    Bibliotecas,
    museos y archivos: limitarán su aforo  al
    30 por ciento.



     



    En las tiendas y demás establecimientos
    comerciales, se extremarán las medidas higiénico-sanitarias. Se deberá realizar
    higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento. Los
    locales comerciales, incluyendo supermercados y centros comerciales, limitarán
    su aforo a un tercio del máximo.



     



    Encuentros
    sociales/familiares



    Quedan prohibidas las reuniones de un
    número mayor de 6 personas, en caso de no pertenecer al mismo grupo de
    conviviencia estable.



     



    Se recomienda a la ciudadanía:



     



    La limitación de los encuentros sociales
    fuera del grupo de convivencia estable.



     Duración: estas medidas se aplicarán durante
    10 días a partir de su publicación, pudiendo prorrogarse en función de la
    evolución epidemiológica de la enfermedad.



     



    Si las circunstancias epidemiológicas y la
    evolución de la epidemia reflejaran un empeoramiento de la situación, se
    adoptarían medidas complementarias a las establecidas.



     



    El Alcalde



    Fdo.: Sergio Alía
    Estrada



    Adjuntos: