• 2021-01-16 09:28:09
    Avisos/Información General

    El BOCYL del 16 de enero publica los Acuerdos 2/2021 y 3/2021 y 4/2021 en los que se recogen las siguientes medidas que estarán en vigor desde las 20:00 horas del 16 de enero de 2021 hasta la finalización del estado de alarma.

    1.     Se fija la limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno desde las 20,00 horas hasta las 06:00 horas.

    2.     La permanencia de grupos de personas en espacios de uso público, tanto cerrados como al aire libre, y en espacios de uso privado, queda condicionada a que no se supere el número máximo de 4 personas, salvo que se trate de convivientes. No están incluidas en la limitación prevista en este apartado las actividades laborales e institucionales ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas en la normativa aplicable.

    3.     Las reuniones, celebraciones y encuentros religiosos no pueden superar un tercio del aforo, con un máximo de 25 personas.

    4.     Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de cada una de las provincias de la Comunidad de Castilla y León, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados: a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios. b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes. g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables. i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. j) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. k) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.