https://www.bandomovil.com/userFiles/LV/LVVSn140121074052_71o.pdf no esimagen NUEVAS MEDIDAS COVID EN EXTREMADURA
  • 14-Enero-2021 08:44
    Servicios Sociales

    - Se restringe la entrada y salida de las personas residentes en Extremadura de cada uno delos municipios en los que tengan fijada su residencia, salvo para aquellos desplazamientos,adecuadamente justificados.(Desde las 00.00 horas del 14 de enero de 2021 hasta las 24.00 horas del 20 de enero de 2021,revisables Prórroga de 28 días del nivel de alerta 3 agravado a nivel regional: - Toque de queda entre las 22.00h y hasta las 6.00h- 30% de aforo en locales comerciales- Hostelería: 40% aforo en interior 50% aforo en exterior. (Máximo 4 personas por mesa).- 35% de aforo en hoteles y alojamientos rurales

    Debido a la grave situación sanitaria en la Comunidad Autónoma de Extremadura por el gran aumento de casos de Covid-19, la Junta de Extremadura ha decretado un nuevo bloque de medidas excepcionales que tienen como principal objetivo reducir al máximo la movilidad de personas.

    La principal de las medidas es que se restringe la movilidad entre todos los municipios de Extremadura, es decir, se prohíbe salir o entrar del municipio de residencia habitual, salvo por:

    • Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.

    • Cumplimiento de las obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.

    • Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.

    • Retorno al lugar de residencia habitual o familiar propio.

    • Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.

    • Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.

    • Actuaciones requeridas o urgentes ante órganos públicos, judiciales o notariales.

    • Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.

    • Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.

    • Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.

    • Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

    *El municipio se refiere a la totalidad del término municipal, por tanto, la movilidad sí está permitida en todo el término municipal.

    Estas medidas entran en vigor a partir de las 00:00H del jueves 14 de enero hasta las 24:00H del próximo miércoles 20 de enero.

    Pueden consultar el texto oficial completo en el siguiente enlace:





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