Fernán Caballero Informa
PRESTACIÓN EXTRAORDINARIA POR CESE DE ACTIVIDAD PARA AUTÓNOMOS Es una prestación extraordinaria. Duración de la prestación: un mes. Beneficiarios: - Autónomos, cuya actividad figure suspendida por el Real Decreto que declara el estado de Alarma. - Autónomos, cuya actividad no esté encuadrada en la suspensión, cuando su facturación en el mes anterior al que se solicita la prestación se vea reducida, al menos, en un 75 % sobre el promedio de los últimos seis meses. Requisitos: - Estar afiliado y en alta a la fecha de la declaración del estado de alarma en el RETA. - Para los autónomos cuya actividad no quede suspendida por el estado de Alarma, acreditar la reducción de su facturación en, al menos, un 75 %, en relación con la del semestre anterior. - Hallarse al corriente en el pago de las cuotas a la Seguridad Social en el RETA. Cuantía de la ayuda (prestación): - El 70 % de la base reguladora. - Si no acredita el período mínimo de cotización, la prestación será el 70 % de la base mínima de cotización al RETA. Cooperativas de Trabajo Asociado: Los socios trabajadores de las cooperativas de trabajo asociado encuadrados en el RETA, tendrán el mismo derecho a esta prestación. Puedes descargar la CARPETA DE CESE DE ACTIVIDAD, ASÍ COMO LA SOLICITUD DE CESE DE ACTIVIDAD en la página web del Ayuntamiento en el siguiente enlace: http://fernan-caballero.org/index.php/noticias/1040-prestacion-extraordinaria-por-cese-de-actividad-para-autonomos

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Cultura 19-Marzo-2020 20:34